Tesis nº VI-P-SS-253 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2010

Número de resoluciónVI-P-SS-253
Fecha de publicación01 Febrero 2010
Fecha01 Febrero 2010
Número de registro52279
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 26. Febrero 2010. p. 75;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 22 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece que la autoridad, al contestar la demanda o hasta antes del cierre de la instrucción, podrá allanarse a las pretensiones del demandante; por ello, cuando las autoridades se allanan por lo que se refiere a un vicio de procedimiento o de forma, condicionando el sentido de la nulidad que al efecto se declare, dicho allanamiento no satisface plenamente las pretensiones del demandante, por tanto, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo se deberá entrar a...

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