Tesis nº V-TASR-XXV-3188 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2008

Número de resoluciónV-TASR-XXV-3188
Fecha de publicación01 Agosto 2008
Fecha01 Agosto 2008
Número de registro50462
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año I. No. 8. Agosto 2008. p. 258;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 154 del Código Fiscal de la Federación, el embargo podrá ampliarse en cualquier momento del procedimiento administrativo de ejecución, cuando la oficina ejecutora estime que los bienes embargados son insuficientes para cubrir los créditos fiscales, empero, no debe pasar desapercibido que atendiendo al principio de legalidad previsto en el artículo 16 Constitucional, en relación con el diverso 38, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, todo acto de autoridad debe emitirse debidamente fundado y motivado, luego entonces, si la autoridad ejecutora emite un acuerdo de ampliación de embargo bajo el argumento de que el bien inmueble originalmente embargado es insuficiente para garantizar el crédito fiscal...

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