Tesis nº III-TASS-386 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 1988

Número de resoluciónIII-TASS-386
Fecha de publicación01 Agosto 1988
Fecha01 Agosto 1988
Número de registro19517
MateriaSEGURO SOCIAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año I. No. 8. Agosto 1988. p. 19;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 12 del Reglamento para el Pago de Cuotas y Contribuciones del Seguro Social señala que las sociedades cooperativas que den cumplimiento a los requisitos que menciona el artículo 8o. de la Ley (22 de la Ley del Seguro Social actual) quedan sujetas al régimen de contribuciones bipartita y dicho régimen entrará en vigor a partir del bimestre de cotización siguiente a la fecha en que la Secretaría de Economía (ahora la Secretaría del Trabajo y Previsión Social) haga la determinación respectiva; no obstante lo anterior, para que una sociedad cooperativa quede integrada al régimen de contribución bipartita, debe cumplir con las obligaciones que le impone la Ley de la materia a los patrones, siendo una de éstas, la de registrarse como sociedad cooperativa ante el...

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