Tesis nº II-TASS-257 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 1979

Número de resoluciónII-TASS-257
Fecha de publicación01 Julio 1979
Fecha01 Julio 1979
Número de registro11686
MateriaRENTA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Nos. 1 a 6. Agosto/1978 - Julio/1979. p.417;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

En los términos de la fracción VIII del artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está facultada para modificar la base del impuesto para efectos de pagos provisionales; sin embargo, dicha facultad discrecional no puede ser ejercitada en forma arbitraria. Si en la especie el particular llega a probar que a través...

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