Quitarán contratos incluso sin conciliar

AutorAlejandra López

Las empresas que ganen los bloques petroleros podrían perder sus contratos sin que les permitan un proceso de conciliación.

Según la cláusula 23.1 de rescisión administrativa, a las compañías se les puede cancelar sus contratos si retrasan sus actividades, ocasionan un accidente con fatalidades, causan daños a la infraestructura o se pierde producción.

Bajo estos escenarios, el consorcio que gane cada bloque no tendrá derecho al proceso de conciliación entre las partes y mucho menos de arbitraje.

Hasta el momento, el único consorcio ganador del proceso licitatorio, que inició el Gobierno la semana pasada, es el conformado por las empresas Sierra Oil and Gas, Talos Energy y Premier Oil, que se adjudicó dos de los 14 bloques que se pusieron a disposición de la IP.

Según las cláusulas, también se puede quitar el contrato si presentan información falsa o dejan de pagar sus contraprestaciones al Estado.

Sin una conciliación, tampoco podrían iniciar un proceso de arbitraje, como lo establece la cláusula 26.5, que aceptó el consorcio de Sierra Oil and Gas en sus comtratos.

Si se encuentran indicios para quitar el contrato, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) avisará al contratista y entonces se inicia una etapa de análisis de las supuestas fallas, el cual no puede ser menor a 30 días ni mayor a 2 años.

Si se determina una causal de rescisión, la empresa podrá presentar sus argumentos en un plazo máximo de 30 días.

Una vez recibidos, la CNH tendrá hasta 90 días para valorarlos y dar una resolución final, es decir, decide si le quita o no el contrato.

Si el contratista solventa la causal de rescisión esta entonces se suspende.

Sin embargo, esto no eximirá a las empresas de pagar las penalizaciones correspondientes y remediar los daños.

También existen otras causales para cancelar los contratos denominadas contractuales, donde se incluyen retrasos en la presentación de documentos o garantías. En este caso no se...

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