Quitará cobro de ISR liquidez a cooperativas

AutorErnesto Sarabia

MÉXICO.- La propuesta del Ejecutivo Federal de eliminar el régimen especial del Impuesto Sobre la Renta para las Sociedades Cooperativas de Producción afectará a empresas como Pascual, Cruz Azul y Caja Popular Mexicana, entre otras.

Los cambios en la reforma fiscal quitarán liquidez a las cooperativas e inhibirán el ahorro, al tiempo que lesionarán derechos consagrados en la legislación, coinciden especialistas.

El régimen aplicable a las sociedades cooperativas de producción constituidas únicamente por socios personas físicas y cuya vigencia inició desde 2006, permite que la sociedad cooperativa no pague el ISR como una persona moral sino que calcula el impuesto de cada uno de sus socios.

De esta forma se determina la parte de la utilidad gravable del ejercicio que le corresponda a cada cooperativista por su participación en la sociedad cooperativa, difiriendo el pago del ISR hasta el ejercicio fiscal en que se distribuye la utilidad.

La iniciativa de Ley del Impuesto sobre la Renta (ILISR) propone eliminar el tratamiento preferencial para este sector de contribuyentes, para que se incorpore a tributar en el régimen general de personas morales.

Al respecto, Salvador Torres, presidente del consejo de administración del Consejo Superior del Cooperativismo -integrado Sociedad Cooperativa de Trabajadores Pascual, Cooperativa Cruz Azul y Caja Popular Mexicana, entre otras-, dijo que al eliminar el régimen opcional de ISR de las cooperativas del sector social, las obligarán a realizar pagos provisionales del gravamen, lo que restará liquidez para reinversiones que buscan crear más empleos.

"Los cambios propuestos por el Ejecutivo atentan contra el empleo, son de carácter recesivo e inflacionario, sin olvidar su perfil recaudador. La iniciativa de reforma, se contrapone y lesiona los derechos ya consagrados en las leyes fiscales", afirmó Torres.

Según la propuesta, la situación actual de las cooperativas provoca inequidad respecto de otras empresas que por el hecho de tener una organización jurídica diferente, deben pagar el ISR cuando se generan las utilidades y no cuando se distribuyen.

Las sociedades cooperativas de producción tienen la ventaja de efectuar anticipos a sus miembros personas físicas, los cuales son gravados como salarios con la tarifa progresiva. Dichos anticipos se disminuyen de la utilidad fiscal que determina la sociedad cooperativa permitiendo que ésta sea manipulable, argumentó el ejecutivo en su propuesta.

Para Alejandro...

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