Acuerdo por el que la Quincuagésima Sexta Legislatura del Estado de Querétaro, exhorta al Congreso de la Unión, para que apruebe la Ley Federal de Justicia para Adolescentes Infractores.

10 de febrero de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 1663
7. Que el Artículo Transitorio Décimo Séptimo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal 2011, dispone que las Entidades Federativas deberán establecer Consejos de
Armonización Contable, en los que se incluyan a los municipios, órganos de fiscalización estatales y
colegios de contadores, con el propósito de que coadyuven en el proceso de implementación de los
acuerdos aprobados en el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
8. Que en cumplimiento a lo dispuesto en el precitado Artículo Transitorio Séptimo del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el presente año fiscal, varios Estados de la República Mexicana han
conformado ya sus consejos de Armonización Contable; algunos otros se encuentra en ese proceso.
9. Que nuestra Entidad también se dio a esa tarea, haciendo participe a esta Soberanía de tal ejercicio, al
remitirse los proyectos, tanto del Acuerdo de Creación del Consejo de Armonización Contable del Estado
de Querétaro como de su Estatuto Interno, mediante oficio SPF/00230/2011 suscrito por el Licenciado
Jorge López Portillo Tostado, Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de Querétaro, a efecto que
la Quincuagésima Sexta Legislatura formulara sus observaciones y comentarios al respecto.
10. Que analizando el contenido de los documentos antes referidos, con fecha 20 junio del presente año, esta
Legislatura, a través del Presidente de la Mesa Directiva, en ejercicio de la facultad que le confiere el
artículo 126, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro, mediante
oficio de fecha 17 de junio de 2011, remitió al Secretario de Planeación y Finanzas del Estado de
Querétaro, las observaciones y comentarios respectivos a dichos proyectos.
11. Que la tarea antes indicada concluye con la publicación del Decreto mediante el cual crea el Consejo de
Armonización Contable del Estado de Querétaro, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La
Sombra de Arteaga” de fecha 16 de septiembre de 2011, Consejo cuya naturaleza es la de ser un órgano
de coadyuvancia para la homologación de la contabilidad gubernamental de los poderes Legislativo,
Ejecutivo y Judicial, entidades paraestatales, organismos autónomos y municipios del Estado de
Querétaro, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
12. Que como se ha dicho con anterioridad, la Ley en cita establece obligaciones para los poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, entidades paraestatales, organismos autónomos y a los ayuntamientos
de los municipios del Estado de Querétaro, que deben ser observadas de manera puntual, desde el
momento mismo del inicio de su vigencia; sin embargo, dada la envergadura de la disposición federal, en
sus artículos transitorios se determinan tiempos específicos para su cumplimiento.
13. Que en este sentido, el Artículo Cuarto Transitorio, señala:
“En lo relativo a la Federación y las entidades federativas, la armonización de los sistemas contables de
las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órgano s
autónomos, se ajustará al desarrollo de los elementos técnicos y normativos definidos para cada año del
horizonte previsto, de la siguiente forma:
I. Disponer de listas de cuentas alineadas al plan de cuentas; clasificadores pres upuestarios
armonizados; catálogos de bienes y las respectivas matrices de conversión con las características
señaladas en los artículos 40 y 41, asimismo, de la norma y metodología que establezca los
momentos contables de ingresos y gastos previstos en la Ley, contar con indicadores para medir
los avances físico-financieros relacionados con los recursos federales; y emitir información
contable y presupuestaria de forma periódica bajo las clasificaciones administrativa, económica y
funcional-programática; sobre la base técnica prevista en este párrafo, a más tardar, el 31 de
diciembre de 2010;

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