Decreto por el que se autoriza al Ayuntamiento de Querétaro, para desincorporar dos predios propiedad municipal, para ser permutados por un predio propiedad de la C. Ma. de Lourdes Gómez Martín.

21 de enero de 2005 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 193
DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZA AL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO PARA DES-
INCORPORAR DE SU PROPIEDAD UNA FRAC-
CIÓN DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA
CALLE SENDA ETERNA DEL FRACCIONA-
MIENTO MILENIO III, PROPIEDAD DEL MUNICI-
PIO DE QUERÉTARO, PARA SER PERMUTADO
POR UN PREDIO PROPIEDAD DEL EJIDO LOS
OLVERA.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Ayun-
tamiento de Querétaro para desincorporar de su
propiedad, la fracción del bien inmueble descrita en
el considerando seis del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El bien desincorpo-
rado deberá utilizarse para celebrar el Contrato de
Permuta que refiere el presente Decreto.
ARTÍCULO TERCERO.- Se concede un pla-
zo de seis meses, contados a partir de la publica-
ción del presente, a efecto de que se realice la pro-
tocolización de la Permuta referida en el artículo
que antecede, en los términos autorizados por el
Ayuntamiento de Querétaro.
ARTÍCULO CUARTO.- Al celebrar el Contra-
to de Permuta correspondiente, el Municipio de
Querétaro y el Notario Público correspondiente,
deberán identificar la ubicación correcta del bien, de
acuerdo a los convenios de límites territoriales ce-
lebrados entre el Municipio de Corregidora y el
Municipio de Querétaro, publicados en el Periódico
Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro "La
Sombra de Arteaga" en fecha 8 de noviembre de
2002; además de confirmar que a la fecha de cele-
bración del Contrato, el bien que se adquiera, se
encuentre libre de todo gravamen y al corriente en
el pago de impuestos.
ARTÍCULO QUINTO.- Independientemente
de la permuta pactada, los bienes objeto de la mis-
ma quedarán sujetos a los usos, destinos y reser-
vas que establezcan los Planes de Desarrollo Ur-
bano Estatales y Municipales.
ARTÍCULO SEXTO.- Que de acuerdo a la
Asamblea de Delimitación, Destino y Asignación de
tierras ejidales del Ejido Los Olvera, celebrada el 12
de septiembre de 1994, los ejidatarios serán copro-
pietarios con derechos y porcentajes iguales sobre
el bien inmueble recibido en permuta.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Que de acuerdo a la
autorización que consta en el Acta de Asamblea
General de Ejidatarios de fecha 02 de septiembre
de 2003, el convenio de permuta se celebrará con
los integrantes del Comisariado Ejidal, mismos que
convocarán a Asamblea para informar sobre el
convenio e informarán del mismo al Registro Agra-
rio Nacional, para las anotaciones que en derecho
procedan.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto en-
trará en vigor a partir del día siguiente de su publi-
cación en el Periódico Oficial de Gobierno del Esta-
do "La Sombra de Arteaga".
LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GO-
BERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO Y MANDARÁ SE IMPRIMA,
PUBLIQUE Y OBSERVE.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES "CONSTI-
TUYENTES DE 1916-1917" RECINTO OFICIAL
DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO, A LOS
VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
ATENTAMENTE
LIV LEGISLATURA DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
MESA DIRECTIVA
DIP. HIPÓLITO RIGOBERTO PERÉZ MONTES
PRESIDENTE
Rúbrica
DIP. JOSÉ EDMUNDO GUAJARDO TREVIÑO
SEGUNDO SECRETARIO
Rúbrica
Lic. Francisco Garrido Patrón, Gobernador
Constitucional del Estado de Querétaro, en ejer-
cicio de lo dispuesto por el artículo 57 fracción I de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Querétaro Arteaga; expido y promulgo el presen-
te Decreto por el que se autoriza al Ayuntamiento
de Querétaro para desincorporar de su propiedad
una fracción del bien inmueble ubicado en la calle
Senda Eterna del Fraccionamiento Milenio III, pro-
piedad del Municipio de Querétaro, para ser permu-
tado por un predio propiedad del Ejido Los Olvera;
en el Palacio de la Corregidora, sede del Poder
Ejecutivo del Estado, el día veinte del mes de enero
del año dos mil cinco, para su debida publicación y
observancia.
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO
Rúbrica
LIC. JOSÉ ALFREDO BOTELLO MONTES
SECRETARIO DE GOBIERNO
Rúbrica

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