Decreto por el que se autoriza al Ayuntamiento de Querétaro a celebrar Contrato de Comodato con la “Promotora Mexicana del Deporte y la Cultura A.C.

15 de agosto de 2003 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3183
para la Conservación del Medio Ambiente, median-
te el cual solicitó la donación del predio municipal
identificado como: Laderas en Milenio III, ubicado
en Carretera a la Griega y Sendero de las Casca-
das, Fraccionamiento Milenio III, Delegación Villa
Cayetano Rubio, con una superficie de 11,062.00
m2, con clave catastral No. 14 01 001 16 056 001
c) Con fecha 14 de abril del 2003, la Secre-
taría del Ayuntamiento recibió el Dictamen Técnico
043/03, emitido por el Secretario de Desarrollo Ur-
bano, Obras Públicas y Ecología Municipal y por el
Director de Desarrollo Urbano Municipal, del cual se
desprende lo siguiente: “...De acuerdo al Plan Par-
cial de Desarrollo Urbano de la Delegación Villa
Cayetano Rubio, el predio solicitado se encuentra
ubicado en una zona destinada a Equipamiento
Educativo, sin embargo actualmente el predio cuen-
ta con un tanque de agua, es decir, el uso actual es
de Equipamiento para Infraestructura; y de acuerdo
a la tabla de normatividad de usos y destinos del
mismo Plan, el uso de Equipamiento para la Infra-
estructura es condicionado con respecto al de
Equipamiento Educativo; mientras que lo solicitado
por el Fideicomiso, no es compatible con el Equi-
pamiento para Infraestructura; por otra parte, de
acuerdo a la misma tabla de normatividad, el uso
de Equipamiento Educativo es compatible condicio-
nado, con respecto a lo solicitado por el Fideicomi-
so en relación de los espacios de esparcimiento
para la ciudadanía, es decir, requiere de aglún es-
tudio particular para su autorización”.”
d) Una vez realizado el estudio y análisis de
la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas
y Ecología Municipal, los regidores integrantes de
las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Eco-
logía, Obras Públicas y Medio Ambiente, considera-
ron viable la donación del predio para impulsar la
recuperación, mejoramiento, conservación, desarro-
llo y aprovechamiento de los recursos naturales, a
través de los fines propios del Fideicomiso.
e) Al predio que se pretende donar se le
asignó el destino de Protección Ecológica de Usos
Múltiples.
f) De conformidad al artículo 80 fracción III de
la Ley Orgánica Municipal, quedó acreditado que en
fecha 15 de mayo de 2003, en sesión ordinaria de
cabildo, se aprobó por unanimidad el Acuerdo rela-
tivo a la donación de un predio propiedad municipal
ubicado en la Carretera a la Griega, Fraccionamien-
to Milenio III, delegación Villa Cayetano Rubio, a
favor del Fideicomiso Queretano para la Conserva-
ción del Medio Ambiente.
Que el Municipio de Querétaro, es el legítimo
propietario del bien inmueble que se pretende do-
nar y que se identifica como “Laderas en Milenio III,
ubicado en Carretera a la Griega y Sendero de las
Cascadas, fraccionamiento Milenio III, delegación
Villa Cayetano Rubio, con una superficie de
11,062.00 m2, con clave catastral No. 14 01 001 16
056 001”, con las siguientes medidas y colindan-
cias:
AL NORESTE: 159.53 mts., con zona federal que colinda
con Carretera a la Griega
AL SURESTE: 67.10 mts., con área verde del Fraccio-
namiento Milenio III
AL SUROESTE: 161.43 mts., con lotes 22 al 29 de la
manzana IX y lotes I y II de la manzana
IXI
AL NOROESTE: 22.67, 15.80, 22.20, 16.00, y 29.00 mts.,
con lotes XXI y XIV de la manzana VIII de
la manzana IX y con parte de la calle
Sendero de las Cascadas.
Lo anterior, acreditado mediante copia certifi-
cada de la escritura pública número 17,589 de fe-
cha 8 de diciembre de 1992, pasada ante la fe del
Lic. Alejandro Maldonado Guerrero, notario público
titular de la Notaría número 4 de esta ciudad, e
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de
Comercio de Querétaro, en el folio real número
39433/1, de fecha 26 de septiembre de 1996.
Que los objetivos y prioridades del Fideico-
miso Queretano para la Conservación del Medio
Ambiente, es conservar y aprovechar los recursos
naturales y promover acciones para la adquisición
de predios que serán destinados a la conservación
y aprovechamiento de los recursos naturales a
través de la compra directa o la promoción de pro-
cesos expropiatorios.
Que visto lo anterior y considerando que con
la autorización solicitada se coadyuvará a empren-
der acciones conjuntas, que promuevan e impulsen
la conservación y mejoramiento del medio ambien-
te, esta Representación Popular con la finalidad de
preservar el equilibrio ecológico y protección al
ambiente, ha considerado de beneficio social la
autorización solicitada.
Que una vez autorizada la desincorporación
del predio propiedad del Municipio de Querétaro,
ubicado en Carretera a la Griega, fraccionamiento
Milenio II, se deberá cumplir con los acuerdos pre-
vios a la Iniciativa objeto de este Decreto y utilizar
el bien desincorporado para celebrar la donación
que refiere dicha iniciativa y generar el beneficio
social planteado, dejando estipulado en el convenio

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