Acuerdo de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Estado de Querétaro y los municipios de Cadereyta de Montes y Colón de dicha entidad federativa, en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena

Fecha de disposición02 Diciembre 2013
Fecha de publicación02 Diciembre 2013
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

ACUERDO de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Estado de Querétaro y los municipios de Cadereyta de Montes y Colón de dicha entidad federativa, en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena.

ACUERDO/DQG/PROCAPI/057/2013

ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PRIMERA PARTE, LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA COMISIÓN", REPRESENTADA POR EL ING. AURELIO SIGALA PÁEZ EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ESTATAL QUERÉTARO-GUANAJUATO; POR UNA SEGUNDA PARTE, EL ESTADO DE QUERÉTARO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO, POR EL LIC. MARCELO LÓPEZ SÁNCHEZ EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE DEL PODER EJECUTIVO CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. GERMÁN GIORDANO BONILLA, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA EJECUTORA"; POR UNA TERCERA PARTE, EL MUNICIPIO DE CADEREYTA DE MONTES, QUERÉTARO, EN LO SUCESIVO "CADEREYTA DE MONTES", REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ING. RODRIGO MEJÍA HERNÁNDEZ, Y POR EL REGIDOR SÍNDICO, C. ARTURO MEJÍA JIMÉNEZ; Y POR UNA CUARTA PARTE, EL MUNICIPIO DE COLÓN, EN LO SUBSECUENTE "COLÓN", REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, EL ING. ALEJANDRO ARTEAGA CABRERA; TODOS ELLOS CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE COORDINACIÓN PARA EL APOYO A LA PRODUCCIÓN INDÍGENA, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2013, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 2o. apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno, con la participación de las comunidades.

  2. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su artículo 2o. apartado B fracción VII, que para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, las autoridades mencionadas en el Antecedente I del presente instrumento, están obligadas a lo siguiente: "VII. Apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades indígenas mediante acciones que permitan alcanzar la suficiencia de sus ingresos económicos, la aplicación de estímulos para las inversiones públicas y privadas que propicien la creación de empleos, la incorporación de tecnologías para incrementar su propia capacidad productiva, así como para asegurar el acceso equitativo a los sistemas de abasto y comercialización".

  3. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado el 20 de mayo de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, establece dentro de su Meta Nacional denominada "México Incluyente" el Objetivo 2.2. Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente, Estrategia 2.2.3., "Fomentar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas, fortaleciendo su proceso de desarrollo social y económico, respetando las manifestaciones de su cultura y el ejercicio de sus derechos en materia de alimentación, salud, educación e infraestructura básica".

  4. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2012, establece en su artículo 29 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su Anexo 24, considerándose dentro de ese documento a "EL PROGRAMA" que opera "LA COMISIÓN".

  5. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con el objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a las Reglas de Operación del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI) que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.

  6. Con fecha 27 de febrero de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de modificación a las Reglas de Operación del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI), en lo sucesivo "LAS REGLAS DE OPERACIÓN".

  7. "LAS REGLAS DE OPERACIÓN" de "EL PROGRAMA" establecen como objetivo general: Contribuir a la sostenibilidad de las actividades productivas, mediante el apoyo económico a los proyectos productivos de los productores indígenas organizados en grupos de trabajo u organizaciones legalmente constituidas.

  8. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACIÓN" de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Acuerdo de Coordinación para la ejecución de éste.

  9. En fecha 5 de julio de 2013, "LA COMISIÓN" y "LA EJECUTORA" suscribieron el Convenio Marco de Colaboración que tiene por objeto establecer bases y procedimientos de colaboración y cooperación entre las mismas para llevar a cabo las acciones que a cada uno les corresponda conforme a sus atribuciones de Ley, a fin de que, con base en "LAS REGLAS DE OPERACIÓN" de los programas que opera "LA COMISIÓN" y en caso de contar con la asignación presupuestaria se realicen proyectos productivos en comunidades indígenas del Estado de Querétaro.

    DECLARACIONES

  10. De "LA COMISIÓN":

    I.1. Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003.

    I.2. Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene facultades para establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas.

    I.3. Que la Coordinación General de Fomento al Desarrollo Indígena de "LA COMISIÓN", mediante Oficio Núm. CGFDI/2013/OF/1066 de fecha 23 de julio de 2013, le comunicó la autorización de los proyectos y el monto de las asignaciones a ejecutarse a través del presente instrumento durante el Ejercicio Fiscal 2013.

    I.4. Que el Ing. Aurelio Sigala Páez, en su carácter de Delegado estatal Querétaro-Guanajuato cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, de conformidad con el Poder General que se contiene en la Escritura Pública Número 88,249 de fecha 5 de abril de 2011, pasada ante la fe del Notario Público número 104 de México Distrito Federal, Lic. José Ignacio Sentíes Laborde.

    I.5. Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Calle Francisco I. Madero número 190, Colonia Centro Histórico en la Ciudad de Santiago de Querétaro, Qro., con Código Postal número 76000.

  11. De "LA EJECUTORA":

    II.1. Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1 y 10 de la Constitución Política del Estado de Querétaro, es un Estado libre y autónomo que forma parte integrante de la Federación.

    II.2. Que la Secretaría de Desarrollo Sustentable es una dependencia del Poder Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto en los...

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