De la Presentación de la Queja Administrativa
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 332-333 |
Requisitos que cumplirá la queja administrativa
La presentación de la queja administrativa no requiere de formato alguno, y será por escrito libre.
Datos específicos del escrito
I. Datos específicos que debe contener el escrito:
a) Nombre del asegurado y, en su caso, del promovente;
b) Nombre del usuario receptor de los servicios médicos institucionales;
c) En su caso, número de seguridad social del usuario receptor de los servicios médicos institucionales;
d) Domicilio particular del asegurado o del promovente o del usuario, señalando código postal, número telefónico y correo electrónico; en su caso;
e) En su caso, clínica de adscripción (Unidad de Medicina Familiar) del receptor de los servicios médicos institucionales;
f) Unidad y servicio en el que se proporcionó u omitió la prestación del servicio médico institucional materia de la queja;
g) Descripción clara y breve, en orden cronológico de cómo sucedieron los acontecimientos, señalando las fechas, horas, lugares, personas y servicios que dan lugar a la queja administrativa;
h) Personal institucional que proporcionó u omitió la prestación del servicio materia de la queja, en su caso, los datos para su identificación;
i) En su caso, nombre, denominación o razón social, y domicilio del patrón o sujeto obligado;
j) La petición concreta;
k) Toda queja será firmada por el promovente y, en caso de no saber firmar o no poder hacerlo, lo hará otra persona a su solicitud, poniendo en todo caso el promovente o usuario su huella digital, haciéndose constar en la misma esta circunstancia.
Documentos adjuntos
II. Documentos que se deben adjuntar al escrito inicial de queja:
a) En su caso, los documentos originales o en copias, que sustenten la queja o procedimientos supletorios que acrediten los hechos, debidamente relacionados.
b) Identificación oficial con fotografía y firma del promovente y, en su caso, del usuario de los servicios médicos institucionales, presentando el original para efectos de cotejo.
Apercibimiento para corregir o aclarar la queja administrativa
Las AAOD una vez que reciban la queja, procederán a su registro y análisis; si ésta no contiene los elementos esenciales que deben ser proporcionados por el promovente para una debida investigación y comprobación de los hechos u omisiones señaladas, el personal de las citadas áreas, deberá comunicarle por escrito que subsane la omisión de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba