¿Qué ha ocurrido?
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¿Quéhaocurrido?...
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Tips Fiscales
¿QUÉHAOCURRIDO?...
ENMATERIAFISCAL
Nuevoscriteriosnormativosaprobadosa agos-
to2008
Elpasado1de diciembrede2008elSATdioaco-
nocercinconuevoscriteriosnormativos,asícomola
derogacióndeuno.Enseguidacomentamoslomás
relevanteentornoaellos.
1.¿Cuándo se considera que un crédito fiscal
esfirme?
Atendiendoalosefectosprevistosendiversosar tí-
culosdel CódigoFiscal dela Federación(CFF), el
SATconsideraqueuncréditofiscalseráfirmecuan-
doelmismohayasidoconsentidoporlosparticula-
resal nohaberse impugnado dentrode losplazos
legalesparaello;cuandohabiendosidoimpugnado,
los particulares se desistan del medio de defensa
respetivoy;cuandoenelmediodedefensaseemita
resolución que confirme la validez, deseche o so-
breseaelrecurso ojuicio,y éstano admitayanin-
gúnmediodedefensao,admitiéndolo,elmismono
sehayapromovidodentrodelosplazoslegales.
2.Comprobantessimplificados. Noes necesa-
rioquecontengan laleyendapreimpresa“Efec-
tosfiscalesalpago”.
Seconfirma que noes necesario quelos compro-
bantessimplificadosqueexpidanloscontribuyentes
enlostérminosdelART-37delReglamentodelCFF
(expedidosenlaenajenaciónoprestacióndeservi-
ciosalpúblicoengeneral),contenganpreimpresala
leyenda“Efectosfiscalesalpago”,envirtudde que
elcitadoartículo37noestablecedichorequisito.
3.Personas Morales.Excepción al requisitode
deducibilidad previsto en el ART-31-F-III LISR
paralaprocedenciadelacreditamientodeIVA
Cuando personas morales que pertenecen a un
grupode empresasque realizanoperaciones recí-
procas,hanfirmadoconveniosparaconcentrarsus
transaccionesdetesoreríaatravésdeunaempresa
delmismogrupoqueactúacomo centralizadora,la
cualopera losprocesos de pagomediante la can-
celaciónde cuentaspor cobrar contracuentas por
pagarentreempresasdelgrupo,yenconsecuencia
nose llevana caboflujos de efectivopara liquidar
estetipodeoperaciones,setendráporcumplido el
requisitode deducibilidadprevisto enel ART-31-F-
IIILISRyporende,elrelativoalacreditamientose-
ñaladoenelART-5-F-ILIVA.
4.Ofrecimiento endonación delas mercancías
antesdeprocedera sudestrucciónpara sude-
ducciónenelISR.Casosdeexcepción.
ParalosefectosdelART-31-F-XXII-PFO-2LISR,87
y88desuReglamento,deberáentendersequelos
contribuyentesnoincumplenelrequisito deofrecer
en donación los bienes que han perdido su valor
antesdeprocederasudestrucción,cuandosevean
impedidosaello,debidoaqueotroordenamientoo
disposiciónlegal aplicable, relacionadocon el ma-
nejo,cuidado otratamiento de dichos bienes,pro-
híbe expresamente su donación o establece otro
destinoparalosmismos.
5.Crédito comercial.No esdeducible el sobre-
precioquepagaelcontribuyenteporlaadquisi-
cióndeunbien.
Seseñalaqueporcréditocomercialdebeentender-
seelsobreprecioquerespectodesuvalorreal,no-
minalodemercado,paga elcontribuyenteporuna
adquisición.
Porello, el sobreprecio que paga el contribuyente
porlaadquisicióndeunbien, porencimadesuva-
lorreal,nominalodemercado,noesdeduciblepara
efectosdelISR.
6.Derogacióndelcriterionormativo66/2007/ISR
Deducción inmediata de autobuses, camiones
decarga,tractocamionesyremolques.
Dichocriterioes aplicablealos contribuyentesque
sededicanalautotransportepúblicofederaldecar-
gaodepasajeros,yse derogaenvirtudde quesu
contenidofueadicionadocomoartículo282delRe-
glamentodelaLeydelImpuestosobreRenta.
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