Puntos y Contrapuntos / La respetabilidad

AutorPedro Mellado

En el cumplimiento de sus deberes, los presuntos servidores públicos están obligados a rendir cuentas en forma puntual, oportuna y suficiente y a ser transparentes en el manejo de los recursos que la sociedad les confía.

Deben rendir cuentas sobre la forma como gastan el dinero de los contribuyentes y sobre la manera como disponen de los bienes que están en su custodia.

Pero también están obligados a explicar, con claridad, cuáles son las razones por las cuales toman decisiones, presumiblemente en favor de la comunidad, que en ocasiones son controvertidas.

Bajo ninguna circunstancia pueden disponer de los recursos públicos como si fueran propios. Aunque sea frecuente que los presuntos servidores públicos actúen a la inversa y utilicen los bienes que les son confiados en forma discrecional, personalísima y patrimonialista, manifestando evidente desprecio e irritación contra quienes expresan dudas o desacuerdo con sus muchas veces arbitrarias decisiones.

No es que quieran, es que deben rendir cuentas. Los presuntos servidores públicos deben ajustar sus conductas a los márgenes y a los protocolos que les determinan leyes y reglamentos.

Don Benito Pablo Juárez García (1806-1872), ejemplo de servidor público, Presidente de la República 1858-1872, acuñó principios imperativos: "La respetabilidad del...

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