Puntos y Contrapuntos / Reglas simples

AutorPedro Mellado

Una de las reformas más importantes que los diputados de Jalisco tendrán que procesar antes de que concluya junio es la referida a la reglamentación, en el ámbito estatal, de las candidaturas de ciudadanos independientes de los partidos políticos que aspiren a contender para Gobernador del Estado, en el 2018, y para presidentes municipales y diputados locales, en el 2015.

Esas reformas tendrán que estar en razonable armonía con las disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que el pasado lunes 23 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

En su Artículo 371, la referida ley federal establece cuáles son los requisitos que deben cumplir quienes aspiren a ser candidatos independientes de los partidos políticos, para contener por la Presidencia de la República y por puestos en el Senado, en el 2018, y para diputados federales en el 2015.

Dice: "Para la candidatura de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 1% de la lista nominal de electores con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por electores de por lo menos diecisiete entidades federativas, que sumen cuando menos el 1% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas".

Agrega: "Para fórmulas de senadores de mayoría relativa, la cédula de respaldo...

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