Puntos... y Contrapuntos... / Daños cuantiosos

AutorPedro Mellado

Todavía es muy difícil cuantificar de qué dimensión podrían ser los daños jurídicos, las repercusiones sociales y los montos de las pérdidas económicas que podrían resultar del desorden, las irregularidades administrativas y los presuntos delitos observados en el funcionamiento del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.

Igualmente, todavía es imposible saber en qué medida ha sido vulnerada la confianza de la sociedad en esa fundamental dependencia y en sus autoridades en general, por la pérdida de libros de registro, la falsificación, mutilación o alteración de documentos, las inserciones irregulares de documentos y la incertidumbre sobre el destino y la existencia de escrituras que garantizan la seguridad jurídica sobre la propiedad de un número indeterminado, pero considerable, de bienes inmuebles en el estado de Jalisco.

La gravedad del problema quedó evidenciada después de una auditoría que la Contraloría del Estado realizó al Registro Público de la Propiedad del 1 de enero del 2003 al 31 de agosto del 2004, lo que hizo obligada la intervención de la Procuraduría de Justicia del Estado, que hasta la fecha ha integrado más de 30 averiguaciones previas, que involucran a funcionarios de la dependencia investigada, a gestores o coyotes externos, a empleados de notarías y probablemente hasta a algunos notarios públicos.

Pero en este intrincado problema será necesario determinar también el grado de responsabilidad que le corresponde a algunos funcionarios de primer nivel como el director del Registro Público de la Propiedad, Ignacio Luis Ramírez Tapia; el ex Secretario General de Gobierno (2001-2005), Héctor Pérez Plazola, quien dejó su cargo el pasado martes 11 de octubre, para buscar una candidatura al Senado de la República por el PAN; y el ex Procurador General de Justicia de Jalisco y actual Secretario General de Gobierno, Gerardo Octavio Solís Gómez.

¿Por qué habría que involucrar a Héctor Pérez Plazola? Porque como Secretario General de Gobierno, era el máximo responsable del Registro Público de la Propiedad, tal como lo establece la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que en su Artículo 30 determina: "La Secretaría General de Gobierno es la dependencia encargada de colaborar con el Ejecutivo en la conducción de la política interna de Estado y a ésta corresponde, además de las atribuciones que expresamente le confiere la Constitución Política del Estado, el despacho de los siguientes asuntos: (...) VII.- El control del...

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