PUNTOS Y CONTRAPUNTOS / Cacería de rufianes

AutorPedro Mellado

Que la gente simpatice o rechace a algún partido político o candidato en particular, no tendría que ser un factor determinante para estimular o inhibir que los ciudadanos denunciaran los presumibles delitos electorales que pudieran cometer los servidores públicos, en cualquiera de los ámbitos del gobierno de la entidad, durante las campañas proselitistas que empezaron el pasado viernes 30 de marzo y que culminarán con los comicios del domingo 1 de julio.

La Procuraduría de Justicia de Jalisco, que encabeza el panista Tomás Coronado Olmos, debería poner a la disposición de la gente suficientes agencias del Ministerio Público, en todos los rincones de la geografía estatal, para que recibieran las denuncias que promovieran los ciudadanos.

Pero al mismo tiempo, además de ofrecer a la sociedad una atención oportuna y suficiente de la dependencia a su cargo, Coronado Olmos debería solicitarle apoyo económico adicional a su jefe, el Gobernador albiazul Emilio González Márquez, para realizar una amplia campaña de información que oriente a los ciudadanos con respecto a los potenciales delitos electorales de servidores públicos, que pudieran y debieran denunciar.

¿Cuáles son esos delitos?

El artículo 270 del Código Penal de Jalisco considera delito electoral que un funcionario público obligue a sus subordinados a emitir su voto en favor de un candidato o partido político; que alguien, desde cualquier instancia de Gobierno, condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas a la emisión del sufragio a favor de un partido político o candidato.

Y también es delito electoral que algún funcionario público destine fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición con motivo de su cargo, tales como vehículos, inmuebles, equipos y servicios, al apoyo de un partido político o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por otros delitos, o proporcione ese apoyo con sus...

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