Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a considerar la inclusión de toda Baja California y Othón P. Blanco, Quintana Roo, en la política de precios homologados y escalonados de las gasolinas para la zona fronteriza norte, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM

Fecha de publicación19 Febrero 2015
Número de Gaceta XVIII - 4218
SecciónAnexos

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a considerar la inclusión de toda Baja California y Othón P. Blanco, Quintana Roo, en la política de precios homologados y escalonados de las gasolinas para la zona fronteriza norte, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM

Los suscritos, diputados federales de los estados de Baja California y Quintana Roo por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 2; 100; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que incluya a los municipios de Ensenada, el Valle de Mexicali y el Puerto de San Felipe en Baja California y al municipio de Othón P. Blanco en Quintana Roo, a la política de precios homologados y escalonados de las gasolinas para las zonas fronterizas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En términos del artículo 28 constitucional se prevé que las bases para señalar precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular serán fijados en las leyes respectivas, en este sentido el transitorio Décimo Cuarto, fracción I, inciso b) de la Ley de Hidrocarburos, establece que a partir del 1 de enero de 2015 y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2017 la regulación sobre precios máximos al público de gasolinas y diésel será establecida por el Ejecutivo Federal mediante acuerdo.

En el transitorio señalado se menciona que la política de precios máximos al público que se emita deberá prever ajustes de forma congruente con la inflación esperada de la economía y, en caso de que los precios internacionales de estos combustibles experimenten alta volatilidad, el Ejecutivo Federal preverá mecanismos de ajuste que permitan revisar al alza los incrementos de los citados precios, de manera consistente con la evolución del mercado internacional.

Concordamos en el sentido que ha dado el Ejecutivo Federal sobre el interés público de moderar el impacto de las variaciones del precio de la gasolina y el diésel, así como de la inflación en la economía de las familias mexicanas, por lo que es conveniente establecer precios máximos de venta al consumidor final de...

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