Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a fortalecer por las autoridades competentes las estrategias de programas encaminados a combatir la deserción escolar de niños y de adolescentes indígenas en el nivel básico, a cargo de la diputada Karina Sánchez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Fecha de publicación06 Diciembre 2016
Número de Gaceta XX - 4674
SecciónAnexos

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a fortalecer por las autoridades competentes las estrategias de programas encaminados a combatir la deserción escolar de niños y de adolescentes indígenas en el nivel básico, a cargo de la diputada Karina Sánchez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La que suscribe, diputada Karina Sánchez Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas para que, a través de las autoridades competentes, refuercen y fortalezcan las estrategias y los programas encaminados a combatir la deserción escolar de niñas, niños y adolescentes indígenas en el nivel básico, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Hoy en día niñas, niños y adolescentes indígenas se enfrentan a diversas barreras que deben ser superadas para consolidar sus capacidades físicas e intelectuales, logrando un mejor desarrollo para el aprendizaje, el juego, el descubrimiento y la educación.

En México contamos con un marco normativo sólido que reconoce el derecho a la educación de la población indígena. Al respecto, la norma constitucional en su artículo 2°, apartado B, fracción II establece que debe “[...] garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior [...]”.

De ahí que la Ley General de Educación en su artículo 2° señale que “[...] todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad en condiciones de equidad, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso y permanencia en el sistema educativo nacional [...]”.

Al amparo de estos artículos, la educación es impartida por el Estado y está encaminada a promover mediante la enseñanza, el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.

El marco legal antes citado especifica que los...

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