Quiénes pueden adoptar niños en CDMX

CIUDAD DE MÉXICO, mayo 1 (EL UNIVERSAL).- El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México informó que jueces de proceso oral en materia familiar del Poder Judicial de la Ciudad de México son los que se encargan de resolver juicios de adopción cuando los solicitantes son connacionales, o bien extranjeros, pero con residencia permanente en el país.

Así lo explicó la jueza Octavo de Proceso Oral en Materia Familiar, Laura Mejía Sosa, quien subrayó que los impartidores de justicia vigilan, en todo momento, que el acto jurídico sea benéfico para el menor de edad.

"Cuando se trata de adopciones solicitadas por extranjeros con residencia en otro país, es decir, en las que se trasladaría al menor de edad a otra nación, la jueza comentó que son cinco impartidores de proceso escrito en materia familiar del órgano judicial capitalino los que se encargan de resolver, atendiendo la legislación nacional, pero también dos convenciones internacionales en la materia suscritas por México", expuso en un comunicado.

¿Quiénes pueden adoptar niños en la CDMX?

Mejía Sosa recordó que la legislación civil aplicable se reformó, a partir de 2009, para establecer la posibilidad de que personas del mismo sexo pudieran adoptar a menores de edad, juicios de los que también conocen los jueces de proceso oral en materia familiar del PJCDMX, tanto en el supuesto de que entre los adoptantes haya matrimonio o una relación de concubinato con una convivencia ininterrumpida de al menos dos años.

Precisó que, para los matrimonios de cónyuges de diferente sexo que pretenden adoptar a un menor de edad, así como para concubinos con esta característica, también es requisito acreditar ante el impartidor de justicia dos años de casados o dos años...

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