¿Se puede reducir el monto de la indemnización por despido injustificado?

Fecha de publicación04 Octubre 2023
Fuente: Especial (Shutterstock)
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Blanca Juárez

Por Blanca Juárez

La Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal establecen los derechos de los trabajadores despedidos injustificadamente, incluyendo la fórmula para el cálculo de la indemnización sin importar si se trata de un contrato temporal o indefinido.

El pago de indemnización por despido injustificado “se cubre de manera proporcional”, tal como la legislación laboral lo establece. Las empresas no pueden hacer rebajas, descuentos o acceso a otro tipo de cálculo que no señale la ley, estableció el Poder Judicial de la Federación (PJF).

Si la persona trabajadora llevaba varios años en el empleo o litigó mucho tiempo por sus salarios caídos, las organizaciones deberán hacerse cargo de ese pago. Ésa es “la sanción impuesta a la parte patronal por despedir injustificadamente a los trabajadores, denominada indemnización”.

El Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Sur, con Residencia en la Ciudad De México, emitió esta sentencia, la cual se convirtió en jurisprudencia. Esto quiere decir que, ante otros casos similares, los juzgados deben tomar en cuenta este criterio jurídico para emitir su decisión.

Dicha jurisprudencia fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación (SJF) el pasado viernes 22 de septiembre, con el registro digital 2027249.

El caso llegó al Pleno Regional porque el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito habían tenido opiniones contradictorias sobre la misma demanda: una trabajadora de una dependencia federal “injustificadamente dada de baja y cesada o separada del trabajo”, quien exigía que la reinstalaran en su puesto como jefa de departamento.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) permite que los centros laborales y las personas trabajadoras elijan entre la reinstalación o la indemnización. Pero si escogen la segunda opción, también indica la proporción del pago que corresponde.

Cálculos para la indemnización

La indemnización prevista en los artículos 50 de la LFT y 10 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, “incluyendo su pago proporcional, constituyen derechos laborales, y derivan de una consecuencia procesal impuesta a la parte patronal, por haber despedido injustificadamente a los trabajadores”.

Lo anterior es parte de lo que señala el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Emilio González Santander, cuyo contenido fue apoyado por el resto de sus compañeros del Pleno.

La fracción X, del artículo 10 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera indica que las...

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