Decreto por el que se crea el Patronato de las Fiestas de El Pueblito como organismo descentralizado de la administración pública municipal de Corregidora Querétaro.

Pág. 92 PERIODICO OFICIAL 16 de enero de 2004
IV. Asistir a las sesiones con derecho a voz ex-
clusivamente; y
V. Brindar el apoyo técnico que el Director Ge-
neral requiera.
CAPÍTULO IV
DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO
ARTÍCULO 19.- El patrimonio del Instituto se
integrará por:
I. La asignación presupuestal que anualmente
determine el Ayuntamiento;
II. Los bienes y derechos que aporten los go-
biernos federal, estatal o municipal;
III. Los subsidios que otorgue el Gobierno del
Estado;
IV. Los bienes muebles e inmuebles que adquie-
ra con base a cualquier título legal;
V. Las donaciones, legados que le sean otorga-
dos o aportados por Instituciones o personas
físicas o morales;
VI. Los ingresos que obtenga por servicios que
preste, los productos y rentas de sus bienes
patrimoniales; y
VII. Los que adquiera por otros conceptos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en
vigor a partir del día 1 de enero de 2004.
SEGUNDO.- La Junta Directiva del Instituto
tendrá, un término no mayor a noventa días conta-
dos a partir de la vigencia del presente Decreto,
para expedir la propuesta del Reglamento Interior
del Instituto para la aprobación del H. Ayuntamien-
to.
LO TENDRÁ ENTENDIDO EL C. GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE QUERÉ-
TARO Y MANDARÁ SE IMPRIMA, PUBLIQUE Y
OBSERVE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL PODER
LEGISLATIVO A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.
ATENTAMENTE
LIV LEGISLATURA DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
MESA DIRECTIVA
DIP. ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA PÉREZ
PRESIDENTE
Rúbrica
DIP. JOSÉ HUGO CABRERA RUIZ
PRIMER SECRETARIO
Rúbrica
Lic. Francisco Garrido Patrón, Gobernador
Constitucional del Estado de Querétaro, en ejer-
cicio de lo dispuesto por el artículo 57 fracción I de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Querétaro Arteaga; expido y promulgo el presen-
te Decreto por el que se crea el Instituto Municipal
de la Juventud de Corregidora como Organismo
Descentralizado de la Administración Pública Muni-
cipal de Corregidora Querétaro; en el Palacio de la
Corregidora, sede del Poder Ejecutivo del Estado a
los quince días del mes de enero del año dos mil
cuatro, para su debida publicación y observancia.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO
Rúbrica
LIC. JOSÉ ALFREDO BOTELLO MONTES
SECRETARIO DE GOBIERNO
Rúbrica
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes
del mismo, sabed que:
“LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍ-
CULOS 40 Y 41 FRACCIÓN II DE LA CONSTITU-
CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBE-
RANO DE QUERÉTARO ARTEAGA, Y
C O N S I D E R A N D O
1.- Que el H. Ayuntamiento de Corregidora
en acuerdo de cabildo tomado en sesión ordinaria
de fecha uno de octubre del 2003, aprobó la crea-
ción del “Patronato de las Fiestas de El Pueblito”.
2.- Que de la solicitud en estudio, se des-
prende sustancialmente lo siguiente:
a) Que es de interés primordial para la Admi-
nistración Pública Municipal conservar, afirmar y

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