Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Fecha de publicación15 Julio 2022
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

OMAR NACIB ESTEFAN FUENTES, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, con fundamento en los artículos 16, 18, 26 y 40, fracciones I y XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19-B de la Ley Federal de Derechos; 2, 311, 330-A, 330-B, 330-C, 330-D, 330-E, 330-F, 330-G,330-H, 330-I, 330-J, y 330-K, de la Ley Federal del Trabajo; 3, fracciones I, VI, VII, VIII, IX, y XIX, 9, 10, 24, 34, 35, 37, 38, 39, y 40 la Ley de Infraestructura de la Calidad; 5, fracción III, 7, fracciones I, II, III, VI, VII, IX, X, XI, XII, XV, XX y XXI, 8, fracciones I, III, IV, V, VI, VII, VIII, X y XI, 10, 17, fracción III, 20, fracciones de la I, a la IX, y 42, fracción II, del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, 5 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, 22, fracciones XIX y XXIII, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como lo dispuesto por el Acuerdo por el que se establecen la organización y las Reglas de operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, me permito ordenar la publicación en ese órgano informativo del Gobierno Federal, del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, aprobado por dicho Comité Consultivo, el 14 de junio de 2022, en su segunda Sesión Ordinaria.

El presente Proyecto se emite a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de publicación, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en sus oficinas, sitas en Av. Félix Cuevas No. 301, piso 6, colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03100, teléfono 55 3067 3000, extensión 63580, o al correo electrónico: dgsst@stps.gob.mx

Los comentarios que se presenten durante el plazo mencionado en el párrafo anterior deberán presentarse mediante un formato en word a tres columnas, indicando en la primera columna el numeral (en su caso, el inciso y/o subinciso) al que se refieren; en la segunda columna la propuesta de cambio o modificación, y en la tercera columna la justificación técnica, económica, jurídica o de cualquier otra naturaleza que fundamente su propuesta de cambio o modificación.

Ciudad de México, a los 7 días del mes de julio de dos mil veintidós.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, Omar Nacib Estefan Fuentes.- Rúbrica.

PREFACIO

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en ejercicio de sus atribuciones de normalización, elaboró el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, por medio del cual se establecen las medidas de prevención de riesgos que deben adoptarse en los lugares de trabajo, en donde las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo (personas teletrabajadoras) lleven a cabo sus actividades.

Entre las medidas adoptadas durante la contingencia sanitaria, por COVID 19, el trabajo a distancia ha demostrado ser un mecanismo efectivo para el debido cumplimiento de las actividades laborales privilegiando la prevención de contagios, además de que ha propiciado la generación de eficiencias y beneficios a empresas y trabajadores que lo han implementado debido a la disminución de desplazamientos, reducción del ausentismo laboral y el posicionamiento de las tecnologías de la información y de las comunicaciones como instrumento principal para el desempeño de las funciones.

Se calcula que México alrededor de 13 millones de personas están en posibilidades de trabajar en esta modalidad, así, a la par de los beneficios, existen también riesgos que pueden afectar la salud de las personas trabajadoras, y que debido a encontrarse fuera del centro de trabajo requieren de una protección especial. Es por ello que en el Proyecto se contemplaron las condiciones elementales y las medidas específicas de prevención que deberán adoptarse en los lugares de trabajo que determinen de común acuerdo los patrones y las personas teletrabajadoras, ello con el fin de prevenir eventos que pongan en peligro su integridad física, su vida y su salud a través de una normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo acorde con los avances tecnológicos y con enfoque preventivo de las enfermedades laborales y accidentes de trabajo.

El Proyecto de NOM instrumenta las medidas preventivas para los riesgos de las personas teletrabajadoras, previsto en el DECRETO por el que se reformó el artículo 311 y se adicionó el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo en materia de Teletrabajo, publicado el 11 de enero de 2021, en el Diario Oficial de la Federación, particularmente en el inciso j) del artículo 330.

El proyecto de Norma Oficial Mexicana aplicará solo para el desarrollo de actividades que utilicen las personas teletrabajadoras con las tecnologías de la información y comunicación, con más del 40 por ciento de su jornada laboral semanal.

La responsabilidad en la elaboración y aprobación del PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, es del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, integrado por:

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Previsión Social, la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y la Dirección General de Asuntos Jurídicos;

La Secretaría de Gobernación;

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT);

La Secretaría de Energía (SENER);

La Secretaría de Economía (SE);

La Secretaría de Salud (SSA), a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS);

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC);

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS);

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)

El Instituto Politécnico Nacional (IPN);

La Confederación de Trabajadores de México (CTM);

La Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM);

La Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC);

El Congreso del Trabajo;

La Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN);

La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicio y Turismo (CONCANACO);

La Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX);

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA), y

Petróleos Mexicanos, PEMEX, en su carácter de invitado permanente como Empresa Productora del Estado.

Para la elaboración del Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron representantes de las siguientes organizaciones, instituciones, dependencias y empresas:

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, COFEPRIS;

Petróleos Mexicanos, PEMEX;

Confederación Patronal de la República Mexicana, COPARMEX;

Confederación de Cámaras Industriales, CONCAMIN;

Consejo Coordinador Empresarial, CCE;

Asociación de Fabricantes de Aceites, Grasas, Jabones y Detergentes de la República Mexicana, A.C.;

Secretaría de Energía, SENER;

Cámara Nacional del Cemento, CANACEM;

Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, CROC;

Secretaría de Economía, SE;

Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de Información, AMITI;

Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano, AMECH;

Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturara de Exportación, INDEX;

Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS;

Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, SSPC;

Cámara Nacional de la Industria de Lavanderías, CANALAVA;

Confederación Regional Obrera Mexicana, CROM;

Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas, CANAME;

Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM;

Confederación de Trabajadores y Campesinos, CTC;

Colegio Ramazzini de México, A.C.

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