Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-228-SCFI-2018, Industria hulera-Llantas renovadas (neumáticos recauchutados)-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-228-SCFI-2018, "INDUSTRIA HULERA-LLANTAS RENOVADAS (NEUMÁTICOS RECAUCHUTADOS)-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA".

MONICA PAOLA MOSTALAC CECILIA, Directora de Normalización para Mercado Doméstico, Mejora y Servicios de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracción I y XII, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento y 22 fracciones I, IV, IX, X y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría y en seguimiento a la aprobación del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) el 5 de septiembre de 2018, expide para consulta pública el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-228-SCFI-2018, "Industria hulera-Llantas renovadas (neumáticos recauchutados)-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba", a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el CCONNSE, ubicado en Calle Pachuca número 189, pisos 7 y 13, colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06140, Ciudad de México, teléfono 57 29 61 00, Ext. 43229 y 43230 o bien a los correos electrónicos: monica.mostalac@economia.gob.mx e isaac.aldana@economia.gob.mx, para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en el seno del Comité que lo propuso. SINEC-20180924133843893.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de marzo de 2019.- Con fundamento en los artículos 22 fracciones I, IX, X, XXV y último párrafo 58, párrafo cuarto, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, en suplencia por ausencia del Director General de Normas y del Director General Adjunto de Operación, se firma el presente para los efectos legales y administrativos a que haya lugar, la Directora de Normalización para Mercado Doméstico, Mejora y Servicios, Monica Paola Mostalac Cecilia.- Rúbrica.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-228-SCFI-2018, INDUSTRIA HULERA- LLANTAS RENOVADAS (NEUMÁTICOS RECAUCHUTADOS)-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA

Prefacio

La elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) integrado por:

· Secretaría de Economía.

· Secretaría de Salud.

· Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

· Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

· Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

· Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

· Secretaría de Turismo.

· Secretaría de Bienestar

· Secretaría de Gobernación.

· Secretaría de Energía.

· Centro Nacional de Metrología.

· Comisión Federal de Competencia Económica.

· Procuraduría Federal del Consumidor.

· Comisión Nacional del Agua.

· Instituto Mexicano del Transporte.

· Cámara Nacional de la Industria de Transformación.

· Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.

· Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos.

· Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales.

· Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana.

· Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México.

· Consejo Nacional Agropecuario.

· Universidad Nacional Autónoma de México.

· Instituto Politécnico Nacional.

Para la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se constituyó un grupo de trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:

· Asociación Nacional de Distribuidores de Llantas y Plantas Renovadoras, A.C. (Andellac)

· Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones, AC. (ANPACT)

· Asociación Nacional de Transporte Privado, A.C. (ANTP)

· Bridgestone de México, S.A. de C.V.

· Cámara Nacional de la Industria Hulera (CNIH)

· Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR)

· Certificación y Normalización CERTYNOM, S.C.

· Continental Tire de México, S.A. de C.V.

· Industrias de Hule Galgo, S.A. de C.V.

· Goodyear Servicios Comerciales, S. de R.L. de C.V.

· Llantera Garrom, S.A. de C.V.

· Industrias Michelin, S.A. de C.V.

· Normalización y Certificación NYCE, S.C.

· NYCE Laboratorios, S.C.

· Secretaría de Comunicaciones y Transportes

o Instituto Mexicano del Transporte

Índice del contenido

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias normativas

  3. Términos y definiciones

  4. Clasificación

  5. Especificaciones

  6. Métodos de prueba

  7. Información comercial

  8. Muestreo.

  9. Procedimiento para la evaluación de la conformidad

  10. Vigilancia

  11. Concordancia con Normas Internacionales

    Apéndice A (Normativo) Documentación técnica

  12. Bibliografía

Transitorios
  1. Objetivo y campo de aplicación

    El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones de seguridad y métodos de prueba que deben cumplir las llantas renovadas (neumáticos recauchutados) de construcción radial o diagonal, nacionales e importados, para automóviles, camioneta, camión ligero, autobuses y camiones que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos.

    El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana no es aplicable a llantas renovadas (neumáticos recauchutados) para vehículos de carrera, uso agrícola e industrial, llantas para nieve, llantas con profundidad de dibujo > 25,4 mm (32/32"), llantas de motocicleta, trimotos, cuatrimotos, llantas de uso temporal, así como tampoco en aquellas que son diseñadas para rodar sin presión de aire y con un rin especial, conocidas como llantas con anclaje vertical.

  2. Referencias normativas

    Los siguientes documentos referidos o los que lo sustituyan, son indispensables para la aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

    2.1 NMX-T-004-SCFI-2015, Industria hulera-Llantas, cámaras y accesorios-Definiciones, Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de 2016.

    2.2 NOM-106-SCFI-2017, Características de diseño y condiciones de uso de la contraseña Oficial. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 2017.

    2.3 NMX-CC-9001-IMNC-2015, Sistemas de gestión de la calidad-Requisitos. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2016.

    2.4 ISO 9001:2015, Quality management systems-Requirements

    Nota explicativa nacional La equivalencia de las normas internacionales señaladas anteriormente con la Norma y su grado de concordancia es la siguiente:

    Norma Internacional
    Norma
    Grado de Concordancia
    ISO 9001:2015
    NMX-CC-9001-IMNC-2015
    Esta norma mexicana es Idéntica (IDT) a la Norma Internacional ISO 9001:2015 "Quality management systems-Requirements", ed 5 (2015 septiembre)
  3. Términos y definiciones

    Para los propósitos de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, los términos y definiciones dados en la Ley, la NMX-T-004-SCFI-2015, ver 2.1 y los siguientes son aplicables.

    3.1 certificado del sistema de gestión de la calidad

    Documento mediante el cual un Organismo de Certificación de Sistemas de Gestión de la Calidad acreditado en términos de la Ley y su Reglamento, hace constar que un fabricante determinado cumple con las especificaciones establecidas preferentemente en la Norma Mexicana NMX-CC-9001-IMNC-2015 (ver 2.3) o la ISO 9001:2015 (ver 2.4), las cuales deben ser certificadas por un organismo acreditado conforme a la Ley y su Reglamento, y que incluye la línea de producción del producto cuyo certificado se requiera.

    3.2 fuerza de adhesión

    Es la fuerza requerida para causar la separación entre superficies adheridas.

    3.3 informe de resultados

    Documento que emite un laboratorio de prueba, acreditado y aprobado en los términos de la Ley y su Reglamento, mediante el cual se presentan, ante el Organismo de Certificación de Productos, los resultados obtenidos de las pruebas realizadas a un producto, conforme a los procedimientos establecidos en el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

    3.4 laboratorios de prueba

    Persona física o moral acreditada y aprobada en los términos de la Ley y su Reglamento para realizar pruebas de los productos objeto de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

    3.5 Ley

    Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    3.6 llanta (neumático)

    Elemento de forma toroide, fabricado a base de caucho, telas y alambres, que se monta sobre el rin de un vehículo para facilitar el desplazamiento y contener aire o nitrógeno a presión para sustentar la carga.

    3.7 llanta nueva

    Llanta que no ha sido usada ni sometida a reencauche o reparación.

    3.8 llanta renovada (neumático recauchutado)

    Llanta usada (casco) a la cual se ha sustituido la banda de rodamiento por una nueva, con el objeto de prolongar su vida útil.

    3.9 llanta usada

    Llanta que ha sido desgastada en su banda de rodamiento debido al uso.

    3.10 muestreo

    Procedimiento mediante el cual se seleccionan diversas unidades de producto conforme a lineamientos establecidos en este Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

    3.11 Organismo de Certificación de Productos (OCP)

    Persona moral acreditada y aprobada de conformidad con la Ley y su Reglamento, para certificar que los productos cumplen con el Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

    3.12 Organismo de Certificación para Sistemas de Gestión de la Calidad

    Persona moral acreditada en términos de la Ley y su Reglamento, que efectúa actividades de certificación de sistemas de gestión de la calidad, para certificar mediante el informe respectivo, que el sistema de...

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