Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-025/ 1-NUCL-2000, Requisitos para equipo de radiografía industrial. Parte 1: Requisitos generales

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EmisorSecretaría de Energía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía. PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-025/1-NUCL-2000, REQUISITOS PARA EQUIPO DE RADIOGRAFÍA INDUSTRIAL. PARTE 1: REQUISITOS GENERALES

JUAN EIBENSCHUTZ HARTMAN, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias y Director General de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 18 fracción III y 50 fracciones I, II, III, XI y XII de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 17 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 38 fracciones II, III y IV, 40 fracciones I, V, XIII y XVII, 41, 44, 46, 47, 51 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2, 3, 4, 56, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80 y 136 del Reglamento General de Seguridad Radiológica; 28, 30, 33, 80 y 81 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 apartado F, fracción I, 8 fracciones XIV, XV y XVII, 40, 41, 42 fracciones VIII, XI, XII y XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-025/1-NUCL-2000, Requisitos para equipo de radiografía industrial. Parte 1: Requisitos generales, que en lo sucesivo se denominará "PROY-NOM-025/1-NUCL-2016, Requisitos para equipo de radiografía industrial gamma. Parte 1: Requisitos generales."

El presente Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana se publica de conformidad con lo establecido por el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con el objeto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, sito en Dr. José María Barragán 779, cuarto piso, colonia Narvarte, código postal 03020, Ciudad México, teléfono 55 5095 3246, fax 55 5095 3294 y correo electrónico ccnn_snys@cnsns.gob.mx.

Durante el plazo mencionado, la manifestación de impacto regulatorio del proyecto de norma estará a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité. Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, a 27 de octubre de 2016.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, y Director General de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, Juan Eibenschutz Hartman.

PREFACIO

En la elaboración del presente proyecto de modificación, participaron representantes de las dependencias, instituciones y empresas siguientes:

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

- Dirección General de Autotransporte Federal.

- Dirección General de Marina Mercante.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

- Unidad de Asuntos Jurídicos/Dirección de Estudios y Consultas.

- Unidad del Sistema Eléctrico Nacional y Política Nuclear/Dirección General Adjunta de Política Nuclear.

SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

- Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil.

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

- Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas.

SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

- Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo.

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

- Escuela Superior de Física y Matemáticas.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

- Instituto de Ciencias Nucleares.

SOCIEDAD MEXICANA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA

ASESORÍA ESPECIALIZADA DE SERVICIOS CORPORATIVOS, S.A. DE C.V.

ASESORES EN RADIACIONES, S.A.

ASOCIACIÓN MEXICANA DE ENSAYOS NO DESTRUCTIVOS, A.C.

RADIACIÓN APLICADA A LA INDUSTRIA, S.A. DE C.V.

SERVICIOS A LA INDUSTRIA NUCLEAR Y CONVENCIONAL, S.A. DE C.V.

SERVICIOS INTEGRALES PARA LA RADIACIÓN, S.A. DE C.V.

ÍNDICE

  1. INTRODUCCIÓN

  2. OBJETIVO

  3. CAMPO DE APLICACIÓN

  4. REFERENCIAS

  5. DEFINICIONES

  6. CLASIFICACIÓN

  7. REQUISITOS PARA LOS EQUIPOS PARA RADIOGRAFÍA INDUSTRIAL GAMMA

  8. REQUISITOS PARA LOS CONTROLES DE MANDO

  9. MARCADO E IDENTIFICACIÓN

  10. DOCUMENTACIÓN

  11. CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES Y NORMAS MEXICANAS

  12. BIBLIOGRAFÍA

  13. EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

  14. OBSERVANCIA

  15. VIGENCIA

  16. Introducción

    En radiografía industrial se utilizan dispositivos que permiten usar fuentes radiactivas selladas emisoras de radiación gamma, misma que se hace incidir sobre el objeto a radiografiar. Con el propósito de que estos dispositivos funcionen correctamente durante las tomas radiográficas, es necesario que el contenedor de trabajo y equipo asociado cumplan con lo establecido en la presente Norma.

  17. Objetivo

    Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones y los requisitos que deben cumplir los equipos para radiografía industrial gamma.

  18. Campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana se aplica a todos los equipos para radiografía industrial gamma.

  19. Referencias

    Para una mejor aplicación de la presente norma debe consultarse la siguiente Norma Oficial Mexicana vigente:

    3.1 NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida.

  20. Definiciones

    Para efectos de esta Norma se establecen las siguientes definiciones:

    4.1 Cable propulsor: Cable que conectado al ensamble de la fuente sellada permite el movimiento de ésta, desde su posición de seguridad hasta la de exposición y viceversa, por medio de un control de mando, a través del tubo guía de la fuente.

    4.2 Capacidad máxima del contenedor: La actividad máxima que por diseño puede alojar un contenedor de trabajo, expresada en becquereles o en curies, para una fuente sellada para radiografía industrial gamma especificada para un radionúclido dado.

    4.3 Cerradura: Mecanismo con doble dispositivo de seguridad accionado mediante una llave para mantener la fuente sellada en su posición de seguridad.

    4.4 Colimador: Dispositivo utilizado para limitar el tamaño, forma y dirección de un haz de radiación ionizante.

    4.5 Contenedor de trabajo: Recipiente blindado contra la radiación ionizante, diseñado para alojar,

    transportar y permitir el uso controlado de fuentes de radiación gamma.

    4.6 Control de mando: Mecanismo que se acopla al contenedor de trabajo y cuya función es, a distancia, colocar a la fuente sellada mediante el cable propulsor, en su posición de exposición y regresarla a su posición de seguridad. Los controles pueden operarse de manera mecánica, eléctrica o neumática.

    4.7 Ensamble de la fuente: Componente que en uno de sus extremos...

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