Con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al título decimonoveno, capítulo V, artículo 325, del Código Penal Federal, en materia de delitos contra la vida y la integridad corporal; y al capítulo V, artículo 21, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, recibida de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 4 de mayo de 2022

Fecha de publicación17 Mayo 2022
Número de Gaceta XXV - 6025
SecciónIniciativas

Con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al título decimonoveno, capítulo V, artículo 325, del Código Penal Federal, en materia de delitos contra la vida y la integridad corporal; y al capítulo V, artículo 21, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, recibida de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 4 de mayo de 2022

La suscrita, María Clemente García Moreno, integrante del Grupo Parlamentario Morena en la LXV Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al título decimonoveno, capítulo V, artículo 325, del Código Penal Federal, en materia de delitos contra la vida y la integridad corporal; y al capítulo V, artículo 21, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Feminicidio es un término acuñado por la antropóloga Marcela Lagarde para traducir el inglés femicide, utilizado por la feminista y socióloga Diana Russell para referirse a un crimen de odio contra la mujer.

El feminicidio es un grave problema social que puede considerarse un problema de salud pública. La violencia que lo precede no es un acto privado aun cuando en muchos casos se dé en el marco de la pareja o de relaciones personales. El feminicidio se relaciona con la misoginia social e institucional, con las fallas del sistema de justicia y la impunidad. El feminicidio no es una circunstancia que ocurra de manera aislada y en ciertos lugares del país. En mayor o menor medida es una realidad global que resulta preocupante puesto que en algunos Estados cada año se producen diversos casos de asesinatos de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas. Hablar de feminicidio emana de la cultura de la desigualdad por razones de género.

Por ello, su debida legislación deberá realizarse con una perspectiva de género y para que este tipo de violencia esté tipificada para hacerla aún más evidente. Tan solo en el año 2019, México ocupó el primer lugar de feminicidio respecto a 24 países, llegando a niveles nunca vistos, con más de 10 asesinatos de mujeres por día. De enero a noviembre de 2021, 922 fueron víctimas de feminicidio.

El feminicidio representa el extremo de un continuum de terror antifemenino e incluye una amplia variedad de abusos verbales y físicos, tales como violación, tortura, esclavitud sexual (particularmente por prostitución), abuso sexual infantil incestuoso o extrafamiliar, golpizas físicas y emocionales, acoso sexual (por teléfono, en las calles, en la oficina, y en el aula), mutilación genital (clitoridectomías, escisión, infibulaciones), operaciones ginecológicas desnecesarias (histerectomías...

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