PROY-NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2022: DOCUMENTO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

Número de NOMPROY-NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2022
Fecha07 Septiembre 2022
EstatusPROYECTO
EmisorCOMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE (SCT2)
Actividad EconómicaACTIVIDADES DEL GOBIERNO
DOF: 07/09/2022
PROYECTO de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-043-SCT-
SEMAR-ARTF-2022, Documento de
transporte de mercancías peligrosas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional,
que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
COMUNICACIONES.- Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes.- SEMAR.- Secretaría de Marina.
MILARDY DOUGLAS ROGELIO JIMÉNEZ PONS GÓMEZ, Subsecretario de Transporte y
Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre y de
Transporte Aéreo, conjuntamente con UBALDO GÓMEZ RODRÍGUEZ, Titular de la Unidad de
Capitanías de Puertos y Asuntos Marítimos y Suplente del Presidente del Comité Consultivo
Nacional de Normalización de la Secretaría de Marina y DAVID CAMACHO ALCOCER, Titular de la
Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario y Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Transporte Ferroviario, con fundamento en los artículos 30 fracciones V Bis y XIV
Quáter y 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5, 10
fracciones I, II, VIII, XII y XV, 12, 24, 25, 27 fracción I, 30, 34, 35, 38 y 41 de la Ley de Infraestructura
de la Calidad; 5 fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 8 fracción I, IX
y XX, y 36 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1 y 6 fracciones III y V de la Ley de
Aviación Civil; 6 Bis fracción I de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 3 y 4 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 31, fracciones II y III y 33 del Reglamento de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización, conforme al Transitorio Tercero de la Ley de Infraestructura de la
Calidad; 52 fracción I y IX, 114 fracciones VII y VIII del Reglamento para el Transporte Terrestre de
Materiales y Residuos Peligrosos; 6 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes; 3 fracción II, inciso d) y 20 fracción XXVI del Reglamento Interior de
la Secretaría de Marina; y el Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte
Ferroviario como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de agosto de 2016; y el DECRETO por el que se
crea el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes,
denominado Agencia Federal de Aviación Civil, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16
de octubre de 2019; y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables, y
CONSIDERANDO
Que es de especial interés para la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes,
la Secretaría de Marina, de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario y de la Agencia
Federal de Aviación Civil, incrementar la seguridad en las vías generales de comunicación de
jurisdicción federal;
Que las actividades que realicen las Autoridades Normalizadoras en materia de normalización y
evaluación de la conformidad deberán fomentar la armonización con modelos, principios y mejores
prácticas internacionales en materia de transporte de mercancías peligrosas, por lo que se toman
como fundamento las Recomendaciones para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la
Organización de las Naciones Unidas (Reglamentación Modelo);
Que se determinó necesario realizar la modif icación a la NOM-043-SCT/2003, Documento de
embarque de substancias, materiales y residuos peligrosos, a efecto de alinearla a la 22ª Edición de
la Reglamentación Modelo para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la Organización de las
Naciones Unidas, base bibliográfica de la normatividad nacional aplicable en la materia;
Que en el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022, publicado el 24 de febrero
de 2022, se encuentra incluida la modificación a la NOM-043-SCT/2003, Documento de embarque
de substancias, materiales y residuos peligrosos;
Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, aprobó en su
segunda reunión extraordinaria celebrada el 08 de abril de 2022, el Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-043-SCT-2022, Documento de Transporte de Mercancías Peligrosas,
Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Marina, aprobó en su
primera sesión ordinaria, celebrada el 25 de mayo de 2022, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana
PROY-NOM-043-SCT-2022, Documento de Transporte de Mercancías Peligrosas;
Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario, aprobó en su
primera sesión extraordinaria, celebrada el 19 de mayo de 2022, el Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-043-SCT-2022, Documento de Transporte de Mercancías Peligrosas;
Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, aprobó en su primera
sesión extraordinaria, celebrada el 29 de abril de 2022, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana
PROY-NOM-043- SCT-2022, Documento de Transporte de Mercancías Peligrosas;
Que toda vez que el Proyecto de Norma que nos ocupa proviene en su aprobación y emisión en
un trabajo de manera conjunta, tal como quedó establecido en el Programa Nacional de
Infraestructura de la Calidad 2022, arriba invocado, es de determinarse adecuar la nomenclatura a
quedar como: PROY-NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2022;
En virtud de lo anterior, hemos tenido a bien ordenar la publicación del presente Proyecto de
Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2022, Documento de Transporte de
Mercancías Peligrosas, para que, en un plazo de 60 (sesenta) días naturales contados a partir de su
fecha de publicación, los interesados presenten comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Transporte Terrestre, ubicado en Calzada de Las Bombas 411, piso 2, Colonia Los
Girasoles, Demarcación Territorial Coyoacán, Código Postal 04920, Ciudad de México, teléfono (55)
5723 9300 Extensión 20010, correo electrónico: jmercdia@sct.gob.mx para que en los términos de la
Ley de la materia se consideren en el seno de los Comités que lo propusieron.
Ciudad de México, a 27 de julio de 2022.- Subsecretario de Transporte y Presidente de los
Comités Consultivos Nacionales de Normalización de Transporte Terrestre y Transporte Aéreo,
Milardy Douglas Rogelio Jiménez Pons Gómez.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Capitanías de
Puertos y Asuntos Marítimos y Suplente del Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de la Secretaría de Marina, Ubaldo Gómez Rodríguez.- Rúbrica.- Titular de la
Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario y Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Transporte Ferroviario, David Camacho Alcocer.- Rúbrica.
(1) PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2022
DOCUMENTO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
PREFACIO
La elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es competencia de los Comités
Consultivos Nacionales de Normalización: de Transporte Terrestre; de la Secretaría de Marina; de
Transporte Aéreo y de Transporte Ferroviario.
Asimismo, con el objeto de elaborar el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, se
constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Dirección General de Autotransporte Federal
Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias
Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica
SECTOR PRIVADO
Alianza Mexicana de Organización de Transportistas

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