Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se designa provisionalmente a la Consejera Electoral Dra. María Macarita Elizondo Gasperín como integrante de la Comisión de Organización Electoral

Fecha de disposición11 Noviembre 2010
Fecha de publicación11 Noviembre 2010
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG378/2010. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE DESIGNA PROVISIONALMENTE A LA CONSEJERA ELECTORAL DRA. MARIA MACARITA ELIZONDO GASPERIN COMO INTEGRANTE DE LA COMISION DE ORGANIZACION ELECTORAL.

Antecedentes

  1. El 14 de enero del 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  2. En sesión extraordinaria del 18 de enero de 2008, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG07/2008 por el que determinó la integración de sus comisiones permanentes.

  3. En sesión extraordinaria del 15 de febrero de 2008, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG17/2008 por el que se modifica la integración de sus comisiones permanentes.

  4. En sesión extraordinaria del 27 de junio de 2008, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG299/2008 por el que se expide el Reglamento de Comisiones del órgano máximo de dirección.

  5. El 21 de agosto de 2008, en sesión extraordinaria, el Consejo General aprobó el acuerdo CG353/2008 a través del cual designó, entre otros, a los Consejeros Electorales que integrarían las comisiones permanentes.

  6. El 3 de octubre de 2008, en sesión extraordinaria, el Consejo General aprobó el acuerdo CG464/2008 a través del cual fusionó las comisiones de Organización Electoral y Capacitación Electoral y Educación Cívica, a fin de integrar la Comisión de Capacitación y Organización Electoral.

  7. En sesión extraordinaria del 2 de septiembre de 2009, el Consejo General aprobó el acuerdo CG453/2009 por el que por el que se ratificó a los consejeros electorales que presidirán las comisiones permanentes del Registro Federal de Electores y del Servicio Profesional Electoral; y se reinstalaron las Comisiones de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Organización Electoral.

  8. En sesión de fecha 21 de enero de 2010 de la Comisión de Organización Electoral, se designó de común acuerdo al Consejero Electoral Dr. Francisco Javier Guerrero Aguirre como Presidente de dicha Comisión, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 11, numeral 2 del Reglamento de Comisiones del Consejo General, quedando integrada además con el Mtro. Arturo Sánchez Gutiérrez, quien había sido nombrado como Consejero el 31 de octubre de 2003, entre otros.

  9. El 30 de septiembre de 2010, la Junta de Coordinación Política de la H. Cámara de Diputados emitió la convocatoria para participar en el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral para el periodo 2010-2019.

Considerando

  1. Que de conformidad con los artículos 41, párrafo segundo, base V, párrafo 1, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104, 105, párrafo 2 y 106, párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la Ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

  2. Que el artículo 106, párrafo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que el Instituto se regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las del código electoral.

  3. Que el artículo 108 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, determina que los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaría Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

  4. Que el artículo 109 del ordenamiento legal citado, establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como velar que los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  5. Que el artículo 110, párrafo 1 del código de la materia, dispone que el Consejo General se integra por un Consejero Presidente, ocho consejeros electorales, consejeros del Poder Legislativo, representantes de los Partidos Políticos y el Secretario Ejecutivo.

  6. Que los artículos 116, párrafo 2 del código de la materia y 9, párrafo 1 del...

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