Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión provisional otorgada a la empresa Zapata, S.A., dentro del juicio de amparo número 1074/2006, emitida por el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia ...

Fecha de disposición08 Enero 2007
Fecha de publicación08 Enero 2007
MateriaDerecho Procesal
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión provisional otorgada a la empresa Zapata, S.A., dentro del juicio de amparo número 1074/2006, emitida por el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno en Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Oficio 00641/30.15/06778/2006.- Expediente PISI-A-MEX. OTE-NC-DS-383/2003.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SUSPENSION PROVISIONAL QUE OTORGADA A LA EMPRESA ZAPATA, S.A., DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1074/2006, EMITIDA POR EL JUZGADO DECIMO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fecha 6 de diciembre de 2006, el C. Juez Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, dentro del juicio de amparo número 1074/2006, promovido por la empresa ZAPATA S.A., dictó sentencia interlocutoria, en los términos siguientes:

“Ahora bien, por lo que hace al acto marcado en el inciso en los que se precisan los efectos para los cuales la medida suspensional que se trata fue solicitada, esto es que no se publique en el diario oficial de la federación el contenido de la circular 00641/20.15/4868/2006 dictada dentro del expediente PISI-A-MEX. OTE-NC-DS-383/2003, en la que se hacedle conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Entidades Federativas, se abstengan de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con la empresa quejosa por el periodo de un año, esta autoridad considera que la medida suspensional es procedente en atención a que, de no otorgarse, se estarían causando daños de difícil reparación a la quejosa.

En consecuencia se concede la suspensión provisional a la quejosa, para el efecto de que el Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública deje sin...

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