Propiedad intelectual

AutorErnesto Erreguerena
Páginas83-84
Boletines Comisiones La Barra 83
PROPIEDAD INTELECTUAL
Por: Ernesto Erreguerena
FECHA DE SESIÓN: 23 de noviembre de 2017.
ORADORA INVITADA: Licenciada Esperanza Rodríguez
Cisneros
CONTENIDO DE LA SESIÓN: “Denominaciones de
origen e indicaciones geográcas, su reconocimiento,
protección e interacción en México y en el mundo”
SEGUIMIENTO:
La sesión dio inicio con el anuncio del Congreso de
Sanciones que se aplican una vez que se haya llevado a
cabo un procedimiento que consta de cuatro etapas que
se inicia con una investigación por parte de la Auditoria
Superior de la Federación, una substanciación ante
las Salas Regionales Especializadas en Materia
Anticorrupción, subsiguientemente una apelación ante
el Tribunal Federal de Justicia Administrativa quien
puede incluso recalicar la sanción y nalizando con
el amparo y revisión.
Como conclusión, el Dr. Hallivis indicó que como País,
debemos avocarnos en acelerar la instrumentación
del sistema, en crear convenios internacionales sobre
el intercambio de información, reforzar las buenas
prácticas gubernamentales, reformar los temas sobre
responsabilidad social así como eliminar los incentivos
para romper las reglas.
En lo personal considero que a la par, debemos crear
conciencia de que una forma de fomentar e incluso
ser cómplices de la corrupción, es la indiferencia, por
lo que ciertamente debemos ceñirnos al artículo 2º
de nuestro Código de Ética Profesional de la Barra
Mexicana, Colegio de Abogados, el cual señala
que en su actuación profesional, el abogado debe
“denunciar, por los medios lícitos y ante las instancias
correspondientes, cualquier conducta reprochable de
jueces, autoridades o compañeros de profesión”.
la BMA que tendrá vericativo en los días 1 al 3 de
marzo de 2018 en San Cristóbal de las Casas,
Chiapas.
Posteriormente por parte del
coordinador se hizo la presentación
de la expositora y del tema a
tratarse.
La expositora ofreció una breve
referencia histórica del origen
geográco de este tipo de protección
que data desde el antiguo Egipto
en un concepto de ladrillos, después
otro ejemplo signicativo fue el del queso
roquefort en el siglo XV, el champagne en el siglo XVII
y en el caso de México el queso chihuahua menonita
del siglo XX que hoy tiene hasta una zona delimitada.
El principal instrumento Internacional es el
Arreglo de Lisboa de 1958 que dene a
la denominación de origen como: “se
deben exclusiva o esencialmente al
medio geográco… y que hayan
dado al producto su reputación”.
Cabe hacer mención que todos los
productos tienen una indicación
de procedencia precisamente del
lugar de donde fueron creados
independientemente si el mismo
cuenta con una denominación de
origen oficial otorgada; por otro lado,
la indicación geográfica es una reputación
vinculada al origen y nalmente la denominación de
origen es la joya de la corona por ser lo más especial e
indicativo. Las denominaciones de origen pueden tener
fundamento tanto en cuestiones naturales (naturaleza,
clima, tierra, etc.) como en cuestiones artesanales
donde se impulsa el factor humano.
En nuestro país el día de hoy se tiene una
reforma importante de la materia que
precisamente recoge esta denición
para empatar finalmente con el
Arreglo de Lisboa.
Antes de la presente reforma
es trascendente la aparición en
1994 de ADPIC que en materia de
indicación de procedencia señaló:
cuando determinada calidad,
reputación u otra característica del
producto”, previo a ello se tuvo en 1942
un concepto y más nada, posteriormente en
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