Programa Institucional de Centros de Integración Juvenil, A.C.

EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Centros de Integración Juvenil, A.C. PROGRAMA INSTITUCIONAL DE CENTROS DE INTEGRACIÓN JUVENIL, A.C.

  1. - Índice

  2. - Fundamento normativo de la elaboración del programa

  3. - Siglas y Acrónimos

  4. - Origen de los recursos para la instrumentación del programa

  5. - Análisis del estado actual

  6. - Objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales

  7. - Apartados de Relevancia de Cada Objetivo Prioritario

  8. - Metas para el bienestar y Parámetros

  9. - Epílogo: visión de largo plazo

  10. - Fundamento normativo de la elaboración del programa

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 26 apartado A que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización. Asimismo, la Constitución establece, específicamente, que habrá un Plan Nacional de Desarrollo, al que se sujetarán obligatoriamente, los programas de la Administración Pública Federal. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 publicado el 12 de julio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación es el principal instrumento de planeación de esta administración, y define las prioridades nacionales que busca alcanzar el gobierno mediante objetivos, estrategias y líneas de acción.

    A su vez, la Ley de Planeación señala en su artículo 16 fracción IV, que las dependencias de la Administración Pública Federal deberán asegurar la congruencia de los programas sectoriales con el Plan Nacional de Desarrollo y programas especiales que determine el Presidente de la República. Asimismo, el artículo 17 fracción II establece que las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, en los términos previstos en esta Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas. El artículo 4° de esta Ley estipula que el Ejecutivo Federal tiene la responsabilidad de conducir la planeación nacional del desarrollo, con la participación de los grupos sociales.

    En este sentido, el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto del 2020, define los objetivos, estrategias y líneas de acción en materia de salud, bajo lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Plan Nacional de Desarrollo.

    El artículo 4° Constitucional establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la propia Constitución.

    Así mismo, el artículo 5° de la Ley General de Salud establece que el Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, así como por las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones. El artículo 7° determina que la coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud y que le corresponde, entre otras atribuciones, establecer y conducir la política nacional en materia de salud (fracción 1) y coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso determinen (fracción II). En concordancia con lo anterior, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 39, establece que a la Secretaría de Salud le corresponde elaborar y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos gratuitos universales y salubridad general, con excepción de lo relativo al saneamiento del ambiente; y coordinar los programas de servicios de salud de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen (fracción I).

    Por su parte, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece los parámetros para la elaboración y aprobación de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, los que deben realizarse con base en objetivos y parámetros cuantificables de política económica, tomando en consideración los indicadores de desempeño correspondientes. Además, deberán ser congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que se deriven del mismo.

    El artículo 134 constitucional, estipula que los recursos económicos de la federación, los municipios, y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se deberán administrar con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.

    De conformidad con lo anterior, y según los Estatutos de Centros de Integración Juvenil, A.C., es una persona moral constituida como asociación civil, con personalidad jurídica y patrimonio propios, según consta en escritura pública número 43,165 de fecha 20 de octubre del 2010, y está asimilada en términos del artículo 46 del Capítulo Único del Título Tercero de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, como Empresa de Participación Estatal Mayoritaria, sectorizada a la Secretaria de Salud.

    Teniendo como principal objetivo, la prestación de toda clase de servicios de prevención, tratamiento y rehabilitación del consumo de drogas legales e ilegales, entre la juventud y público en general, siendo una de sus políticas generales la concertación interinstitucional y la promoción de la participación social, bajo los principios de equidad de género, inclusión social, responsabilidad compartida, honradez, bien común, transparencia, integridad e imparcialidad.

  11. - Siglas y acrónimos

    CIJ.- Centros de Integración Juvenil, A.C.

    ENCODAT.- Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco.

    ENCODE.- Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes.

    ENPA.- Estrategia Nacional de Prevención de Adicciones.

    PND.- Plan Nacional de Desarrollo.

    PSS.- Programa Sectorial de Salud.

    SEP.- Secretaría de Educación Pública.

    SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    SS.- Secretaría de Salud.

    SIECD.- Sistema de Información Epidemiológica del Consumo de Drogas.

    SNI.- Sistema Nacional de Investigadores.

    SNS.- Sistema Nacional de Salud.

    UICA-CIJ.- Unidad de Investigación Científica en Adicciones de Centros de Integración Juvenil, A.C.

    UNODC.- Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.

    UTUH.- Unidad de Tratamiento para Usuarios de Heroína

  12. - Origen de los recursos para la instrumentación del programa

    La totalidad de las acciones que se consideran en este programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones, y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el programa, mientras tenga vigencia.

  13. - Análisis del estado actual

    El más reciente informe de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, 2018) señaló que el consumo de drogas ilícitas en el último año afectó a cerca de 275 millones de personas en el mundo, una prevalencia estimada de 5.6 por ciento de la población de entre 15 y 64 años. La droga de mayor uso fue la mariguana, con una prevalencia anual de 3.9 por ciento, lo que equivale a más de 192 millones de usuarios. El segundo lugar lo ocupa el grupo de las anfetaminas, metanfetaminas y otros estimulantes de utilidad médica, así como los opioides, ambos con una prevalencia anual de 0.7 por ciento. En tercer sitio se sitúa el éxtasis, con prevalencia anual de 0.42 por ciento y, finalmente, la cocaína, con 0.37 por ciento, aunque en el continente americano llega a alcanzar 1.39 por ciento.

    La atención y prevención de las adicciones y de los riesgos y daños asociados- requiere de la participación de diversos sectores sociales.

    El uso de drogas se ha diversificado de modo considerable, afectando diferencialmente a los grupos sociales en función de cada contexto.

    En nuestro país, la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT 2016-2017), que se aplica con población general de 12 a 65 años, reporta los siguientes datos:

    TABACO

    Hay alrededor de 15 millones de personas de 12 a 65 años de edad que fuman; siete de cada diez son hombres.

    Hay casi dos millones de adultos y 700 mil menores de edad personas que fuman tabaco.

    La edad promedio de inicio de consumo de tabaco entre adolescentes es de 19 años.

    El 12.3% de las personas que fuman registran adicción a la nicotina.

    ALCOHOL

    Siete de cada diez personas han consumido alcohol alguna vez en su vida; una de cada cinco lo hizo de forma excesiva.

    El patrón predominante de consumo es explosivo; es decir, se beben muchas copas por ocasión.

    Los varones adultos beben más que las mujeres, pero entre adolescentes, el consumo es prácticamente igual en ambos sexos.

    La edad de inicio del consumo de alcohol es de 17.9 años.

    Se estima que un total de 1.88 millones de personas padecen dependencia al alcohol.

    OTRAS DROGAS

    8.7 millones de personas han consumido drogas ilegales alguna vez en la vida. De ellas, 6.5 millones son hombres y 1.9 millones son mujeres.

    De las personas que han usado drogas ilegales, 7.3 han consumido mariguana.

    Poco más de medio millón de personas tiene posible dependencia a estas sustancias.

    La edad de...

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