Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Cherán, Mich

EstadoMichoacán
MunicipioCherán
COPIA SIN VALOR LEGAL
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXLII Morelia, Mich., Lunes 3 de Septiembre del 2007 NUM. 18
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHERÁN, MICH.
PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CENTRO
DE POBLACIÓN DE CHERÁN, MICH.
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lázaro Cárdenas Batel
Secretaria de Gobierno
María Guadalupe Sánchez Martínez
Encargado del Despacho
de la Dirección
Jorge Alberto Herrejón López
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 24 páginas
Precio por ejemplar:
$ 11.00 del día
$ 17.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Encargado del Despacho de la Dirección: Jorge Alberto Herrejón López
ACTA NO. 16
Lugar: Sala del H. Cabildo Mpal.
Municipio: Cherán, Michoacán.
Fecha: 18/Julio/07.
Hora: 10:05 Hrs. A.M.
Tipo de Sesión: Extraordinaria.
Asistencia: Ing. J. Cristóbal Servín Hernández.- Profr. Mario Macías Sharicata.-
Lic. Alfredo Mateo Rojas.- C. Ma. Elena Rivera Contreras.- C. Francisco García
Calixto.- C. Amalia Enrríquez Sánchez.
Inasistencias: C. Miguel Hurtado Macías.- C. Lic. Nery F. Bravo Duarte.
Los antes referidos con el carácter de Presidente, Síndico y regidores municipales,
quienes acordaron aprobar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
1.- ...
2.- ...
3.- ...
4.- Aprobación del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población del
Municipio de Cherán, Michoacán.
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Lunes 3 de Septiembre del 2007.
COPIA SIN VALOR LEGAL
5.- ...
6.- ...
.......................................................................................................
.......................................................................................................
..............................................................
PUNTO CUATRO.- Con la finalidad de dar fe sobre la
aprobación del Programa de Desarrollo Urbano del Centro
de Población del Municipio de Cherán, Mich., comparecen
los C. Arq. Gerardo Escutia Loaiza quien es Director de
Desarrollo Urbano de la Secretaría de Urbanismo y Medio
Ambiente; y el Arq. Juan Ávila Gómez, responsable de
elaboración del referido Programa............................................
.......................................................................................................
.......................................................................................................
............................................. A todo lo anterior y después de
una amplia exposición de los objetivos e importancia del
Programa de Desarrollo Urbano; el H. Cabildo por
unanimidad ACUERDA: autorizar la aprobación del
Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población del
Municipio de Cherán, Michoacán, igual autorizar su
presentación y publicación ante el Periódico Oficial del
Estado; ........................................................................................
.......................................................................................................
.......................................................................................................
............................................... Sin haber otro asunto que tratar
se levantó la presente siendo las 12:04 P.M. del día, mes y
año de su inicio. Firman de conformidad los que en ella
intervinieron. (Firmados).
CERTIFICACIÓN
El suscrito Lic. Melchor Jerónimo Rosas, con el carácter de
Secretario del H. Ayuntamiento CERTIFICA y hace constar:
que la presente copia simple certificada que antecede en 2
fojas útiles, las cuales concuerdan fielmente en toda y cada
una de sus partes con su original que obra en el libro de
actas de Cabildo del H. Ayuntamiento del Municipio de
Cherán, Michoacán.
Para los efectos legales a que haya lugar.- Doy fe.- Cherán,
Michoacán, a los diecinueve días del mes de julio del dos
mil siete.
C. LIC. MELCHOR JERÓNIMO ROSAS
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO 2005-2007
(Firmado)
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHERÁN,
MICHOACÁN
PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO
DEL CENTRO DE POBLACIÓN
DE CHERÁN, MICHOACÁN
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos fracción V, otorga
atribuciones a los municipios para formular, aprobar y
administrar la zonificación y los planes de desarrollo
urbano municipales; así como participar en la creación y
administración de sus reservas territoriales; controlar y
vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones
territoriales; igualmente los faculta para que expidan los
reglamentos y disposiciones administrativas que se
requieran para el cumplimiento de este objetivo, de
conformidad con lo señalado en el párrafo tercero del
artículo 27 de la misma norma jurídica federal.
2. Que el artículo 27 párrafo tercero de la Constitución
Federal, establece que la Nación tendrá el derecho de
imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte
el interés público; y que dicha disposición, en
concordancia con el artículo 115 fracción V del mismo
ordenamiento jurídico federal, confiere a los municipios
la atribución de imponer las referidas modalidades que
se contengan dentro de la zonificación y los programas
de desarrollo urbano municipales.
3. Que la disposición constitucional citada en el
considerando anterior, determina los objetivos de la
planeación del desarrollo urbano y nos permite alcanzar
el desarrollo equilibrado para lograr el mejoramiento de
las condiciones de vida de la población rural y urbana,
así como la planeación del desarrollo urbano que realicen
los municipios, debiendo coadyuvar al cumplimiento de
los objetivos citados.
4. Que en los términos del artículo 15 de la Ley General de
Asentamientos Humanos, corresponde a los
ayuntamientos formular, aprobar y administrar los planes
o programas municipales de desarrollo urbano aplicables
a los centros de población ubicados dentro del territorio
municipal.
5. Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de
deberá promoverse la participación de la comunidad, a
través de los grupos sociales que sean representativos,
en la formulación, aprobación y administración de los

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