Programa 'Avancemos juntos', así como los subprogramas que los componen.

Pág. 6010 PERIÓDICO OFICIAL 17 de febrero de 2023
PODER EJECUTIVO
JEFATURA DE GABINETE
Lic. Rogelio Vega Vázquez Mellado, Jefe de Gabinete del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, con
fundamento en los artículos 1 y 20, tercer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Querétaro; 1, 3, párrafo primero y 36, fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo el Estado de Querétaro;
1, 3, 54, párrafos primero y segundo, 57, fracción I, 80, 80 Bis y 104, segundo párrafo de la Ley para el Manejo
de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 4 y 5 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado
de Querétaro; 1, 2, 3, Apartado A, fracción I, inciso b; 5, 6, fracciones I, XIII y XVI del Reglamento Interior de la
Jefatura de Gabinete del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los recursos
económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez
para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
2. Que la Constitución Política el Estado Libre y Soberano de Querétaro, establece en su artículo 2, que las
autoridades y ciudadanos deben contribuir al establecimiento de las condiciones que permitan a los habitantes
del Estado vivir en un ambiente seguro para su desarrollo humano integral, debiendo el Estado generar acciones
afirmativas a favor de las personas en situación de vulnerabilidad, en los términos que establezca la ley.
3. Que como parte de las acciones afirmativas a favor de personas en situación de vulnerabilidad, la Ley para el
Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, contempla en el Título Quinto del Ejercicio del Gasto
Público, el Capítulo Tercero, regulador de las figuras de subsidios, donativos y ayud as sociales.
4. Que el artículo 80 bis de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, define a
las ayudas sociales como los recursos que los entes públicos otorgan a personas, instituciones y diversos
sectores de la población, para propósitos sociales, las que podrán otorgarse en dinero, en especie, en servicios,
o en vales canjeables por bienes o servicios, ya sea de manera directa o indirecta a los beneficiarios; quedando
comprendidos, entre otros, los recursos que se entregan para adquisición o mejoramiento de vivienda, su
equipamiento, programas para apoyar la economía de las familias, y las becas que se otorguen a favor de los
servidores públicos y/o sus dependientes económicos.
Asimismo, se establece que las ayudas sociales serán autorizadas por los titulares de las Dependencias o
Entidades y están dirigidas a una población objetivo, con un propósito o destino principal, debiéndose justificar el
importe de las ayudas, la temporalidad de su otorgamiento, así como los mecanismos de distribución, operación
y administración que permitan garantizar que los recursos se entreguen a la población objetivo.
Con base en lo expuesto y fundamentado, he tenido a bien expedir el siguiente:
PROGRAMA “AVANCEMOS JUNTOS”, ASÍ COMO LOS SUBPROGRAMAS QUE LO COMPONEN
Único. Se aprueba y autoriza el Programa denominado “AVANCEMOS JUNTOS”, así como los Subprogramas
que lo componen, para el otorgamiento de ayudas sociales en apoyo a personas físicas y morales en condiciones
de desamparo y grupos vulnerables del estado de Querétaro, como política en materia de desarrollo humano del
gobierno estatal, en los términos siguientes:
Presentación
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en sus artículos 25, 26, 27 y 28 la facultad
que le corresponde al Estado para conducir la rectoría del desarrollo económico nacional, y conforme a esto,
planea, conduce, coordina y orienta la actividad económica nacional, llevando a cabo la regulación y fomento de
actividades que demande el interés general de la sociedad, ejerciendo sus atribuciones en materia de regulación
y promoción de la actividad económica, de manera integral y sustentable, es decir, proveyendo el
aprovechamiento racional de los recursos con que cuenta la Nación, siempre con apego a un marco de legalidad
que garantice el respeto de los Derechos Humanos de cada persona que conforma nuestra sociedad.

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