Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Productividad, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Chapa de Mota, Estado de México   

Fecha de disposición07 Noviembre 2007
Fecha de publicación07 Noviembre 2007
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Productividad, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Municipio de Chapa de Mota, Estado de México.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCTIVIDAD, QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PROGRAMA, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2007, QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR MARJORIE SHEILA THACKER MOLL, EN SU CARACTER DE DELEGADA EN EL ESTADO DE MEXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA COMISION, Y EL MUNICIPIO DE CHAPA DE MOTA, ESTADO DE MEXICO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA L.C. LETICIA ZEPEDA MARTINEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL MUNICIPIO Y DE FORMA CONJUNTA, REFERIDOS COMO LAS PARTES, CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLASULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

El artículo 2o. apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo integral de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, señala en sus artículos 2 y 2Bis, que las autoridades estatales garantizarán el desarrollo integral de los pueblos indígenas y velarán por la atención de sus demandas con pleno respeto a su cultura y promoverán acciones para su beneficio. Con fecha 22 de noviembre de 2006 la Junta de Gobierno de “LA COMISION, aprobó en términos del artículo 9 fracción IX de su Ley, los programas a ejecutarse por parte de ésta durante el presente ejercicio fiscal. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2006, establece en su artículo 25 que los programas que deberán sujetarse a “LAS REGLAS DE OPERACION, son aquellos enunciados dentro de su anexo 17, considerándose dentro de ese documento a los Programas de “LA COMISION. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de “EL PROGRAMA, deberán sujetarse a “LAS REGLAS DE OPERACION que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan. Con fecha 28 de febrero de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación Acuerdo de modificación a las “LAS REGLAS DE OPERACION de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas, Coordinación para el Apoyo a la Productividad, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas, en adelante “LAS REGLAS DE OPERACION. “LAS REGLAS DE OPERACION de “EL PROGRAMA establecen como objetivo general Acordar y convenir acciones de coordinación con los gobiernos municipales y estatales, así como con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para la implementación de proyectos productivos integrales ejecutados y operados por la población indígena. De conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION de “EL PROGRAMA existe la necesidad de celebrar un Acuerdo de Coordinación para la ejecución de “EL PROGRAMA. En ese tenor y en razón de lo expuesto, LAS PARTES tienen a bien establecer el presente Acuerdo bajo las siguientes:

DECLARACIONES

I. De “LA COMISION:

I.1 Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con...

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