Procuraduría General de Justicia Acuerdo Específico Número 26/2014, por el que se Ofrece Recompensa a quien O Quienes Proporciones Información Veraz y útil, que Coadyuve Eficaz, Eficiente, Efectiva y Oportunamente para la Localización de Gustavo y Luis Armando, Ambos de Apellidos Trujillo Herrera, Jaime López Carlos y Gabriel Melo Ulloa.
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA Acuerdo específico 26/2014 por el que se ofrece recompensa a quien o quienes proporcionen información veraz y útil, que coadyuve eficaz, eficiente, efectiva y oportunamente para la localización de Gustavo y Luis Armando, ambos de apellido Trujillo Herrera, Jaime López Carlos y Gabriel Melo Ulloa.
Con fundamento en los artículos 21 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 y 53 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 2 fracciones I, III, VIII y XI, 8 fracción XIV, 17, 23 fracciones IV, XII y XVI, y 26 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado; 3, 8, y 9 fracción del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, y
C O N S I D E R A N D O
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Que el Ministerio Público tiene el deber de ejercer con eficacia y eficiencia sus atribuciones, erradicando la impunidad en todas sus expresiones, procurando una justicia pronta y expedita a la sociedad que lo reclama, observando invariablemente el estricto respeto a los derechos humanos y conduciendo su actuación apegada a los principios de buena fe, legalidad, honradez, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, indivisibilidad, jerarquía y autonomía en sus funciones.
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Que la Procuraduría General de Justicia es la institución encargada de la investigación y persecución de los delitos, y le compete velar por la exacta aplicación de la Ley e intervenir en representación del Estado y de la sociedad en los casos que le asignen las leyes, en términos de lo supuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 93, 94, y 95 de la Constitución Política Local; 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y 1, 2, 3, 4 y 17 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
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Que el Plan Veracruzano de Desarrollo 20112016, precisa como objetivo, en el Capítulo VI Gobierno y Administración Eficientes y Transparentes, dentro del punto VI.3.2., fracción iv, el de asegurar que los servicios de procuración de justicia se otorguen con respeto a las garantías individuales, y a los principios de imparcialidad y firmeza en el cumplimiento de la Ley, y en el punto VI.3.4. señala que es preciso "atender a la población en forma inmediata y dar respuesta, precisa, clara y certera a su planteamiento, denuncias o quejas".
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Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia en su artículo 23 fracción XII faculta al Titular de la Institu
ción para emitir Acuerdos y Circulares de observancia general, y en su fracción XXIII para promover las acciones que resulten pertinentes para la expedita...
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