Acuerdo del C. Procurador General de la República, por el que se delegan diversas facultades al Oficial Mayor, y a los Directores Generales de Recursos Materiales y Servicios Generales y de Programación, Organización y Presupuesto

Fecha de disposición30 Junio 2010
Fecha de publicación30 Junio 2010
EmisorPROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República. ACUERDO A/ 144 /10

ACUERDO DEL C. PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, POR EL QUE SE DELEGAN DIVERSAS FACULTADES AL OFICIAL MAYOR, Y A LOS DIRECTORES GENERALES DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Y DE PROGRAMACION, ORGANIZACION Y PRESUPUESTO.

ARTURO CHAVEZ CHAVEZ, Procurador General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 9, 15 y 16 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; 2, 5, 19, 49 y 51 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y

CONSIDERANDO

Que en términos de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para el despacho de los asuntos que competen a la Institución y al Ministerio Público de la Federación, el Procurador General de la República se auxiliará, entre otros, del Oficial Mayor y de los Directores Generales;

Que de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, el Procurador General de la República, podrá delegar facultades a fin de mejorar y facilitar la organización y funcionamiento de la Procuraduría, con excepción de aquellas que deban ser ejercidas por el mismo;

Que en términos de los artículos Segundo y Sexto Transitorios de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 29 de mayo de 2009, en tanto se expide su Reglamento, se aplicará el Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de junio de 2003, y continuará en vigor la normatividad institucional emitida con base en la ley abrogada, en todo aquello en lo que no se oponga a las disposiciones de la nueva Ley Orgánica de la Institución;

Que de conformidad con el artículo 5 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, el Procurador podrá fijar o delegar facultades a los servidores públicos de la Institución, según sea el caso, mediante disposiciones de carácter general o especial, sin perder por ello la posibilidad del ejercicio directo;

Que el artículo 19 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que a la Oficialía Mayor, le corresponden entre otras funciones, autorizar las erogaciones y vigilar el...

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