Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-P-2aS-472

Páginas104-105
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
104
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-P-2aS-472
SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN EN BASE AL ARTÍ-
CULO 28 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIO-
SO ADMINISTRATIVO. DEBE OTORGARSE, CONFORME A DICHO
PRECEPTO Y NO EN BASE A LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DE DICHA LEY.-
Si en la demanda de nulidad un particular solicita la suspensión del procedimiento
administrativo con base en el artículo 28 de la Ley en cita, el Magistrado Instructor al
otorgar la suspensión provisional o la Sala en la interlocutoria respectiva deberá aten-
der a dicha solicitud o en su caso expresar los motivos o fundamentos por los cuales
no otorgó dicha suspensión con base en este artículo y lo hace con fundamento en lo
que disponen los diversos 24 y 25 de la Ley en mención que se refieren a las medidas
cautelares.
Recurso de Reclamación Núm. 1318/09-11-03-1/3052/09-S2-08-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 28 de enero de 2010, por unanimidad de 5 votos a favor.-
Magistrada Ponente: Olga Hernández Espíndola.- Secretario: Lic. Juan Carlos Perea
Rodríguez.
(Tesis aprobada en sesión de 28 de enero de 2010)
PRECEDENTES:
V-P-2aS-632
Recurso de Reclamación Núm. 4034/06-17-02-9/885/06-S2-07-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 13 de marzo de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.-

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