Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-P-2aS-497

Páginas113-119
113
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-P-2aS-497
EMBARGO SOBRE CUENTAS BANCARIAS.- CONSTITUYE UN MEDIO
DE GARANTÍA DEL INTERÉS FISCAL, PARA EFECTOS DE OBTENER
LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO.- Si el
embargo practicado sobre las cuentas bancarias de la actora, realizado coactivamente
por la autoridad ejecutora, se constituye como garantía del interés fiscal desde el
momento en que el crédito que se pretende hacer efectivo a través de dicha ejecución
se encuentra también impugnado ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, se cumplen los requisitos que prevé la fracción VI del artículo 28 de la Ley
conocimiento conceda la suspensión de la ejecución, en virtud de que el artículo 144
del Código Fiscal de la Federación, expresamente señala que no se ejecutarán los
actos administrativos cuando se garantice el interés fiscal, satisfaciendo los requisi-
tos legales, previendo en su séptimo párrafo que no se exigirá garantía adicional si en
el procedimiento administrativo de ejecución ya se hubieran embargado bienes sufi-
cientes para garantizar el interés fiscal o cuando el contribuyente declare bajo protes-
ta de decir verdad que son los únicos que posee, caso este último en el que, de
comprobar la autoridad fiscal que dicha declaración es falsa, podrá exigir garantía
adicional, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. En tales consideraciones,
si la autoridad no verificó el saldo de las cuentas embargadas a la actora y por tal
motivo no exigió garantía adicional, es evidente que consideró que ya se encontraba
debidamente garantizado el interés fiscal; infiriéndose por tanto que los créditos exi-
gidos de pago a la actora se encuentran garantizados en forma suficiente, por virtud
del embargo coactivo a las cuentas bancarias; y en esa medida, es correcto conceder
la suspensión de la ejecución de los créditos controvertidos jurisdiccionalmente.
Recurso de Reclamación Núm. 69/09-16-01-7/1113/09-S2-10-05.- Resuelto por la
Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR