Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-86

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REVISTADEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL YADMINISTRATIVA
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-86
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VIOLACIÓN SUBSTANCIAL DEL PROCEDIMIENTO.- SE INCU-
RRE EN ELLA, CUANDO EL MAGISTRADO INSTRUCTOR NO
REQUIERE LAEXHIBICIÓN DE LASPRUEBAS OFRECIDAS POR
LA PARTE DEMANDADA EN SU CONTESTACIÓN.- De una aplica-
ción armónica y congruente a lo establecido en los artículos 15, fracciones I
y IX y penúltimo párrafo; y 21, fracciones I,V y penúltimo párrafo de la Ley
Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se desprende que la
parte demandada debe adjuntar a su contestación, las pruebas documentales
que ofrezca y copia de las mismas para correr traslado a la parte actora y
al tercero interesado, y que en caso de que no cumpla con tal obligación, el
Magistrado Instructor debe requerirla para que presente dichas documenta-
les dentro del plazo de 5 días. En tal virtud, si en el caso concreto la parte
demandada no exhibe alguna prueba que resulte de importancia para el
sentido de la sentencia y el Magistrado Instructorno realiza el requerimiento
correspondiente, es inconcuso que incurre en una violación substancial del
procedimiento, que afecta las defensas de la demandada, ya que no se le
permite acreditar plenamente los argumentos en que sustenta su defensa, al
faltar las pruebas que para tal efecto ofreció y, por lo tanto, impide que esta
Juzgadora emita la sentencia defi nitiva correspondiente, por lo que ante esta
violación, debe ordenarse la regularización del procedimiento a fi n de que
se formule el requerimiento de mérito.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/31/2013)
PRECEDENTES:
VI-P-SS-29
Juicio de Lesividad Núm. 3368/05-03-01-6/ac1/1301/07-PL-09-04.- Resuel-
to por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal

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