Del Procedimiento Administrativo

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las disposiciones de ésta u otras leyes, los cuales son exigibles a par-
tir de la fecha en que la Administración Pública Federal los efectúe.
ARTICULO 10. Si el acto administrativo requiere aprobación de
órganos o autoridades distintos del que lo emita, de conformidad a
las disposiciones legales aplicables, no tendrá eficacia sino hasta en
tanto aquélla se produzca.
CAPITULO CUARTO
DE LA EXTINCION DEL ACTO ADMINISTRATIVO
ARTICULO 11. El acto administrativo de carácter individual se ex-
tingue de pleno derecho, por las siguientes causas:
I. Cumplimiento de su finalidad;
II. Expiración del plazo;
III. Cuando la formación del acto administrativo esté sujeto a una
condición o término suspensivo y éste no se realiza dentro del plazo
señalado en el propio acto;
IV. Acaecimiento de una condición resolutoria;
V. Renuncia del interesado, cuando el acto hubiere sido dictado en
exclusivo beneficio de éste y no sea en perjuicio del interés público; y
VI. Por revocación, cuando así lo exija el interés público, de acuer-
do con la ley de la materia.
TITULO TERCERO
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 12. Las disposiciones de este Título son aplicables a la
actuación de los particulares ante la Administración Pública Federal,
así como a los actos a través de los cuales se desenvuelve la función
administrativa.
ARTICULO 13. La actuación administrativa en el procedimiento
se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad,
eficacia, legalidad, publicidad y buena fe.
ARTICULO 14. El procedimiento administrativo podrá iniciarse de
oficio o a petición de parte interesada.
ARTICULO 15. La Administración Pública Federal no podrá exigir
más formalidades que las expresamente previstas en la ley.
Las promociones deberán hacerse por escrito en el que se pre-
cisará el nombre, denominación o razón social de quién o quiénes
promuevan, en su caso de su representante legal, domicilio para
recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas
autorizadas para recibirlas, la petición que se formula, los hechos
o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a
que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. El escrito deberá estar
firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no
sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital.

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