Acuerdo que declara procedente y se decreta la extinción de la concesión 4188 para el servicio público de transporte de personas en su modalidad de taxi.

15 de mayo de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3693
Artículo 14. El acuerdo de cancelación deberá notificarse personalmente al solicitante en un plazo
máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente en que se emita el Acuerdo correspondiente.
Asimismo, se girará oficio a la Dirección de Catastro del Estado y al Registro Público de la Propiedad y
del Comercio informando de la cancelación del procedimiento para que procedan respectivamente a cancelar la
clave catastral provisional y las anotaciones marginales que se hubieren realizado.
Artículo 15. En contra de los acuerdos y resoluciones administrativas que se emitan en el procedimiento
de regularización de predios rústicos, el afectado podrá optar por interponer el recurso de revisión previsto por
la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y Municipios, o bien, acudir en la vía jurisdiccional
contencioso-administrativa.
Artículo 16. Las notificaciones referidas en los artículos 12 y 14 del presente Acuerdo deberán realizarse
conforme a disposiciones establecidas en la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y Municipios
y al Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro.
Artículo 17. Cualquier duda que surgiere con motivo de la interpretación o aplicación del Programa, será
resuelta por el Vocal Ejecutivo del Programa.
Transitorios
Artículo primero. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico
oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” y tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre del 2009.
Artículo segundo. De conformidad con lo establecido en los artículos primero y segundo transitorios de
la Ley, si con posterioridad al 30 de septiembre del 2009 se encontraren solicitudes pendientes de tramitación y
resolución ante las autoridades administrativas o judiciales competentes, se continuará su trámite hasta su
conclusión.
Dado en el Palacio de la Corregidora, sede del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en la ciudad de
Santiago de Querétaro, Qro., a los 16 días del mes de febrero del año dos mil nueve.
Lic. Francisco Garrido Patrón
Gobernador del Estado de Querétaro
Rúbrica
Lic. José Alfredo Botello Montes
Secretario de Gobierno
Rúbrica
Ing. Juan Manuel Alcocer Gamba
Secretario de Planeación y Finanzas
Rúbrica

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