Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios de la Agrupación Política Nacional denominada Renovación Nacional en cumplimiento al punto tercero de la resolución de este órgano colegiado identificada con el número CG168/2011

Fecha de disposición17 Noviembre 2011
Fecha de publicación17 Noviembre 2011
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG335/2011. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LA DECLARACION DE PRINCIPIOS DE LA AGRUPACION POLITICA NACIONAL DENOMINADA "RENOVACION NACIONAL" EN CUMPLIMIENTO AL PUNTO TERCERO DE LA RESOLUCION DE ESTE ORGANO COLEGIADO IDENTIFICADA CON EL NUMERO CG168/2011.

Antecedentes

  1. El día diecisiete de abril de dos mil dos, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, otorgó el registro como Agrupación Política Nacional a la asociación de ciudadanos denominada "Universitarios por la Ecología, A.C".

  2. El día nueve de agosto de dos mil dos, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, aprobó el cambio de denominación de la Agrupación Política Nacional "Universitarios por la Ecología, A.C" para quedar como "Universitarios en Acción", como consecuencia de las modificaciones realizadas a los Estatutos de dicha agrupación.

  3. El día veinticinco de mayo de dos mil once, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, aprobó el cambio de denominación de la Agrupación Política Nacional "Universitarios en Acción" para quedar como "Renovación Nacional", como consecuencia de las modificaciones realizadas a los Estatutos de dicha agrupación, en los términos siguientes:

    " Resolución

    PRIMERO.- Se declara la procedencia constitucional y legal de las modificaciones realizadas a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional "UNIVERSITARIOS EN ACCION", en comento, aprobadas por su Quinta Asamblea General Extraordinaria celebrada el día ocho de enero de dos mil once, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución.

    SEGUNDO.- Se aprueba el cambio de denominación de la Agrupación Política Nacional "UNIVERSITARIOS EN ACCION" para quedar como "RENOVACION NACIONAL".

    TERCERO.- Comuníquese a la Agrupación Política Nacional "RENOVACION NACIONAL", que deberá adecuar su Declaración de Principios de conformidad con lo señalado en el considerando 14 de la presente Resolución, a más tardar dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la notificación de la presente Resolución. Las modificaciones deberán hacerse del conocimiento de este Consejo General dentro de los diez días siguientes a que sean aprobadas por el órgano estatutariamente facultado para ello, y para que, previa Resolución de procedencia por parte de esta autoridad electoral sean agregados al expediente respectivo.

    (...)."

  4. En virtud del antecedente que precede, la Agrupación Política Nacional "Renovación Nacional" se encuentra en pleno goce de sus derechos y sujeta a las obligaciones establecidas por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  5. Con fecha ocho de julio de dos mil once, la Agrupación Política en cuestión fue notificada de la Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral identificada con el número CG168/

    2011.

  6. El día diecisiete de septiembre de dos mil once, la Agrupación Política Nacional denominada "Renovación Nacional" celebró su Sexta Asamblea General Extraordinaria en la que fue aprobada la modificación a su Declaración de Principios en cumplimiento a la Resolución emitida por este Consejo General, el veinticinco de mayo de dos mil once.

  7. Mediante escrito recibido el día veintidós de septiembre de dos mil once, el Lic. José Gabriel Lugo Garay, Presidente de la Agrupación Política Nacional denominada "Renovación Nacional", informó a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la celebración de su Sexta Asamblea General Extraordinaria y remitió documentación que contiene la modificación a su Declaración de Principios.

  8. La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Federal Electoral, a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, integró el expediente con la documentación presentada por la Agrupación Política Nacional en cuestión, con el fin de realizar el análisis del cumplimiento a lo determinado en la Resolución CG168/2011 emitida por este órgano colegiado, con fecha veinticinco de mayo de dos mil once.

  9. En sesión extraordinaria privada del cinco de octubre del presente año, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Federal Electoral, conoció el Anteproyecto de Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios de la Agrupación Política Nacional denominada "Renovación Nacional", en cumplimiento al punto Tercero de la Resolución de este órgano colegiado, identificada con el número CG168/2011.

    Al tenor de los antecedentes que preceden; y

    Considerando

    1. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 104, párrafo 1; y 105, párrafo 2, ambos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establecen que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones federales en la que son principios rectores, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

    2. Que el artículo 118, párrafo 1, inciso h), del Código Electoral Federal determina como atribución del Consejo General: "[...] Vigilar que las actividades de los partidos políticos nacionales y las agrupaciones políticas se desarrollen con apego a este Código y cumplan con las obligaciones a que están sujetos [...]".

    3. Que el resolutivo TERCERO de la Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la procedencia Constitucional y Legal de las Modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional Denominada "Universitarios en Acción", aprobada en sesión extraordinaria de fecha veinticinco de mayo de dos mil once, estableció que la agrupación debería adecuar su Declaración de Principios de conformidad con lo señalado en el considerando 14 de dicha Resolución, a más tardar dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la notificación de dicha Resolución y que dichas modificaciones debían hacerse del conocimiento de este Consejo General dentro de los diez días siguientes a que fueran aprobadas por el órgano estatutariamente facultado para ello, para que, previa Resolución de procedencia sean agregados al expediente respectivo.

    4. Que con fecha ocho de julio de dos mil once, la Agrupación Política en cuestión fue notificada de la Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral identificada con el número CG168/

    2011.

    5. Que en cumplimiento a lo ordenado por este Consejo General en la citada Resolución, la Agrupación Política Nacional denominada "Renovación Nacional" realizó la modificación a su Declaración de Principios, la cual fue aprobada en su Sexta Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día diecisiete de septiembre de dos mil once, por lo que cumple con el plazo de sesenta días hábiles señalado para realizar adecuaciones a dicho documento.

    6. Que mediante escrito recibido con fecha veintidós de septiembre del...

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