Primer Acuerdo Modificatorio al Acuerdo de Coordinación para desarrollar acciones en materia de turismo alternativo en el Estado de Guerrero, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y dicha entidad federativa
Edición | Matutina |
Emisor | Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas |
PRIMER Acuerdo Modificatorio al Acuerdo de Coordinación para desarrollar acciones en materia de turismo alternativo en el Estado de Guerrero, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y dicha entidad federativa. PRIMER ACUERDO MODIFICATORIO AL ACUERDO DE COORDINACION PARA DESARROLLAR ACCIONES EN MATERIA DE TURISMO ALTERNATIVO EN EL ESTADO DE GUERRERO CELEBRADO CON FECHA 28 DE MARZO DEL AÑO 2008, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE TURISMO ALTERNATIVO EN ZONAS INDIGENAS (PTAZI), EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA"; QUE SUSCRIBEN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA POR EL C. GUILLERMO ALVAREZ NICANOR, DELEGADO ESTATAL EN GUERRERO Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO A TRAVES DE LA SECRETARIA DE FOMENTO TURISTICO, COMO RESPONSABLE DE LA EJECUCION DE "EL PROGRAMA", REPRESENTADA POR EL C. ERNESTO RODRIGUEZ ESCALONA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FOMENTO TURISTICO, ASISTIDO POR EL M.C. JORGE BRISEÑO HINOJOSA, EN SU CARACTER DE SUBSECRETARIO DE PLANEACION TURISTICA, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO"; Y A TODOS ELLOS CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
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Con fecha 28 de marzo del año 2008 "LAS PARTES" suscribieron el Acuerdo de Coordinación para desarrollar acciones en materia de turismo alternativo, en lo sucesivo "EL ACUERDO PRINCIPAL". 2. De conformidad con la cláusula décima tercera de "EL ACUERDO PRINCIPAL", "LAS PARTES" están facultadas para revisar y, en su caso, modificar "EL ACUERDO PRINCIPAL", cuando consideren oportuno replantear los compromisos establecidos en él, mediante la celebración de convenios modificatorios que se consideraran parte integrante del mismo. 3. Con el propósito de dar cumplimiento al objeto de "EL PROGRAMA", "LAS PARTES" acordaron celebrar el presente instrumento jurídico, sustentando dicha determinación en las condiciones expuestas por "LAS PARTES", imperantes en el Desarrollo del Proyecto en la comunidad de Papalutla, Municipio de Copalillo, acordando realizar esta modificación. 4. En virtud de que el presente Acuerdo Modificatorio se refiere a obras, montos o a cualquiera de los datos del cláusula segunda y segunda inciso A e inciso B, al igual que los datos incluidos en el Anexo 1 de "EL ACUERDO PRINCIPAL", la Dirección General del Programa de Turismo Alternativo determinó la suscripción de un...
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