Primer Tribunal Colegiado en materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
artículos 7, primer párrafo, 12, 17, último párrafo y 21, primer párrafo, de la ley del
indicado instituto señalan, en esencia, que corresponde a las dependencias y entida-
des remitir a aquél toda la información referente a los movimientos afiliatorios, suel-
dos, modificaciones salariales, descuentos, derechohabientes, nóminas, recibos y,
en general, todo tipo de información necesaria para el otorgamiento de seguros,
prestaciones y servicios; así como enterarle las cuotas y aportaciones de cada traba-
jador, los conceptos de pago sujetos a éstas; comunicarle cualquier modificación a
esos conceptos y retener de los sueldos del trabajador el equivalente a las cuotas y
descuentos que éste debe cubrir. Por tanto, corresponde al aludido organismo la
carga de probar en el juicio contencioso administrativo federal qué conceptos fueron
enterados por la dependencia o entidad en la cual el asegurado prestó sus servicios,
para efectos del cálculo de su pensión jubilatoria, pues es precisamente ese instituto
quien cuenta con los elementos necesarios para conocerlo. (XIV.P.A.8 A)
S.J.F. IX Época. T. XXXII. T.C. del 14o. C., agosto 2010, p. 2298
VISITA DOMICILIARIA. LA INTERVENCIÓN EN LAS ACTAS RELATI-
VAS DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL SERVICIO DE ADMINISTRA-
CIÓN TRIBUTARIA COMO TESTIGOS DE ASISTENCIA DESIGNADOS
POR LOS AUDITORES, NO ORIGINA LA INVALIDEZ DE AQUÉLLAS.
(XIV.C.A.37 A)
S.J.F. IX Época. T. XXXII. T.C. del 14o. C., agosto 2010, p. 2425
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA
Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO
COMPETENCIA EN AMPARO INDIRECTO PARA CONOCER DE LA
NEGATIVA DE CONDONACIÓN DE UNA MULTA FISCAL. SE SURTE
EN FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO QUE EJERZA JURISDICCIÓN EN
EL LUGAR DONDE TIENE SU DOMICILIO FISCAL EL CONTRIBUYEN-
TE. Si bien es cierto que la negativa de la autoridad de condonar una multa fiscal no
requiere de ejecución material directa, pues ésta se despliega respecto del acto que,

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