Acuerdo por el que se emite el Formato de Conciliación entre los Ingresos Presupuestarios y Contables, así como entre los Egresos Presupuestarios y los Gastos Contables

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13 de octubre de 2014
etario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable,
Juan Manuel Alcocer Gamba.-
Rúbrica.
DO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EL LUNES 6 DE OCTUBRE DE 2014. PRIMERA SECCIÓN.
ACUERD
entre los
por el que se emite el formato de conciliación entre los ingresos presupuestarios y contables, así como
egresos presupuestarios y los gastos contables.
El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley General de
Contabilid d Gubernamental, aprobó el siguiente:
Acuerde por el que se emite el formato de conciliación entre los ingresos presupuestarios y contables, así como
entre los egresos presupuestarios y los gastos contables.
Que I vinculación del Estado de Actividades y el ejercicio del presupuesto tanto de ingresos como de egresos se hacen
en el momento contable del devengado, por lo que resulta conveniente utilizar este momento contable para llevar a cabo la
conciliacic n entre los conceptos contables y presupuestarios.
Que p ra efectos de rendición de cuentas, fiscalización y transparencia resulta oportuno realizar una conciliación entre el
resultado ontable y el resultado presupuestario.
Por lo antes expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó el siguiente:
Acue do por el que se emite el formato de conciliación entre los ingresos presupuestarios y contables, así como
entre los egresos presupuestarios y los gastos contables.
Objet
Estab ecer el formato de conciliación entre los ingresos presupuestarios y contable así como entre los egresos
presupue .tarios y los gastos contables.
Ámbl o de aplicación
La pr sente disposición es de observancia obligatoria para los entes públicos: poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial
de la Fe eración y de las entidades federativas; órganos autónomos de la Federación y de las entidades federativas;
ayuntami ntos de los municipios; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o
municipal s. La conciliación se generará de forma periódica, cuando menos en la Cuenta Pública, en la que se presentará
en las N as al Estado de Actividades correspondiente a las Notas de Desglose de las Notas a los Estados Financieros.
Preci = iones al formato de conciliación de ingresos
a)
ngresos presupuestarios. Importe total de los ingresos devengados en el estado analítico de ingresos
presupuestario).
b)
ngresos contables no presupuestarios. Representa el importe total de los ingresos contables que no tienen efectos
resupuestarios.

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