Extracto de las solicitudes de registro constitutivo presentadas por cinco entidades internas de la Convención Nacional Bautista de México, A.R., como Asociaciones Religiosas
Fecha de disposición | 31 Octubre 2000 |
Fecha de publicación | 31 Octubre 2000 |
Emisor | SECRETARIA DE GOBERNACION |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
EXTRACTO de las solicitudes de registro constitutivo presentadas por cinco entidades internas de la Convención Nacional Bautista de México, A.R., como Asociaciones Religiosas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
EXTRACTO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADAS POR CINCO ENTIDADES INTERNAS DE LA CONVENCION NACIONAL BAUTISTA DE MEXICO, A.R.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de las solicitudes de registro que presentó la CONVENCION NACIONAL BAUTISTA DE MEXICO, A.R., de las entidades cuya denominación se señala a continuación, presentadas a la Dirección General de Asociaciones Religiosas, en los términos del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
Fecha de recepción de las solicitudes: 5 y 8 de noviembre de 1999 y complementadas el 14 de junio, 17 de julio y 8 de agosto de 2000.
Domicilio legal: señalado en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes.
DENOMINACION | REPRESENTANTE | ||
1 | IGLESIA BAUTISTA SILOE DE HGO. DEL PARRAL, CHIHUAHUA | SAUL MARTINEZ CORRUJEDO | |
2 | IGLESIA BAUTISTA ESTRELLA DE BELEN DE MAZATLAN, SINALOA | ERNESTO FLORES PICOS | |
3 | PRIMERA IGLESIA BAUTISTA DE TANGANCICUARO, MICHOACAN | SANTIAGO OCHOA GARCIA | |
4 | PRIMERA IGLESIA BAUTISTA CRISTO LA UNICA ESPERANZA DE PACHUCA, HGO. | ARTURO PONCE CRUZ | |
5 | IGLESIA BAUTISTA ESTANDARTE CRISTIANO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA | JOSEFINA DOMINGUEZ RODRIGUEZ |
Estatutos y otros requisitos: con la solicitud se exhiben diversos documentos en los que se contienen las bases fundamentales de su doctrina, determinan a sus asociados y ministros de culto, a sus representantes y se detallan los demás datos necesarios para cumplir con los requisitos previstos en la ley de la materia.
Bienes que señalan para cumplir con su objeto: relacionados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes, conforme a lo dispuesto en la fracción III del artículo 7o. de la ley de la materia.
Ministros de culto: señalados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes.
...Para continuar leyendo
Solicita tu prueba