Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar en 2006 con el arancel-cupo establecido, preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50% en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04

EmisorSecretaría de Economía

ACUERDO por el que se da a conocer el cupo para importar en 2006 con el arancel-cupo establecido, preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50% en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SERGIO ALEJANDRO GARCIA DE ALBA ZEPEDA, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 4o. fracción III, 5o. fracción V, 6, 16, 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9 fracción V y 26 al 36 de su Reglamento; 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que la oferta nacional de ciertos productos es insuficiente, por lo que es necesario complementarla con importaciones a efecto de que las industrias que los utilizan en sus procesos productivos tengan acceso a insumos en condiciones similares a las que tienen en el exterior;

Que el artículo 3o. del Decreto por el que se crean, modifican o suprimen diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, establece el arancel-cupo aplicable a diversas fracciones arancelarias, entre ellas la correspondiente a preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50% en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía;

Que el mecanismo de asignación del cupo de preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso, es un instrumento de la política sectorial para complementar el abasto nacional;

Que la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, establece en el Artículo Sexto Transitorio fracción IV, Disposiciones en materia de leche, que implican adecuaciones a los criterios y mecanismos de asignación de este arancel-cupo, razón por la cual es necesario hacer compatible este ordenamiento con la citada Ley, y

Que la medida a que se refiere el presente instrumento, cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO PARA IMPORTAR EN 2006 CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, PREPARACIONES A BASE DE PRODUCTOS LACTEOS CON UN CONTENIDO DE SOLIDOS LACTEOS SUPERIOR AL 50% EN PESO, EXCEPTO LAS COMPRENDIDAS EN LA FRACCION 1901.90.04

ARTICULO PRIMERO

El cupo para importar en 2006, preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50 por ciento en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04, con el arancel-cupo establecido en el artículo 3o. del Decreto por el que se crean, modifican o suprimen diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, es el que se determina a continuación:

Fracción arancelaria Descripción Cupo (toneladas)
1901.90.05 Preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50%, en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04. 44,200
ARTICULO SEGUNDO

Durante 2006 se aplicará el mecanismo de asignación mixta (directa y licitación pública), conforme al cuadro siguiente:

Beneficiarios Mecanismo de asignación Monto (toneladas) Periodo de recepción de solicitudes
A. Empresa del sector público. Directa 5,000 A partir del primer día hábil de enero hasta el 30 de noviembre de 2006.
B. Empresas industriales que utilicen la leche en polvo como insumo, con antecedentes de asignación y que cumplan la condición previa1/. Directa 19,360 1o.) Treinta días hábiles, a partir del primer día hábil de enero. 2o.) Veinte días hábiles a partir del 15 marzo.
C. Empresas industriales que utilicen la leche en polvo como insumo, con antecedentes de asignación y que no cumplan la condición previa1/.. 7,840 1o.) Treinta días hábiles, a partir del primer día hábil de enero. 2o.) Veinte días hábiles a partir del 15 marzo.
D. Personas físicas y morales establecidas en el país. Licitación pública 2/ 12,000 Conforme las bases de la convocatoria correspondiente.
1/ Se refiere a la condición previa establecida en la Fracción IV del Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006

2/ De conformidad con lo establecido en la Párrafo Cuarto de la Fracción IV del Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.

ARTICULO TERCERO

Podrán solicitar asignación del cupo de importación a que se refiere el presente Acuerdo:

  1. Asignación directa:

    1. La empresa del sector público encargada del programa de abasto social de este producto, conforme a los requerimientos de su programa anual de compras de leche fluida, leche en polvo y preparaciones a base de productos lácteos;

    2. Empresas industriales del sector privado, con antecedentes de asignación directa en 2005 o en 2004, que utilizan preparaciones a base de productos lácteos en sus procesos productivos y realizan una transformación sustancial de este insumo, que cumplan la condición previa establecida en el Artículo Sexto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, considerando sus consumos auditados de materias primas lácteas (leche fluida, leche en polvo, preparaciones lácteas, suero de leche y crema de leche) y sus antecedentes de asignación de cupos, durante el periodo reportado, conforme a la hoja de requisitos anexa, y

    3. Empresas industriales del sector privado, con antecedentes de asignación directa en 2005 o en 2004, que utilizan preparaciones a base de productos lácteos en sus procesos productivos y...

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