Decreto por el que se declara de interés nacional la preparación, organización, levantamiento, generación de bases de datos, tabulación y publicación de los Censos Económicos 2004

Fecha de disposición23 Enero 2004
Fecha de publicación23 Enero 2004
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se declara de interés nacional la preparación, organización, levantamiento, generación de bases de datos, tabulación y publicación de los Censos Económicos 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 5 de la propia Constitución; 27 al 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 1, 4, 5, 7 fracción II, 9, 30 fracción III, 32, 33, 36, 38, 42, 44, 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Información Estadística y Geográfica, y

CONSIDERANDO

Que conforme a la Ley de Información Estadística y Geográfica la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, órgano desconcentrado de la misma, tiene el carácter de unidad central coordinadora de los Sistemas Nacionales Estadístico y de Información Geográfica, a través de los cuales se obtienen datos que posibilitan el estudio de la situación e interdependencia de los fenómenos económicos, demográficos y sociales, así como su relación con el medio físico y el espacio territorial;

Que en los términos de la citada Ley, corresponde al Ejecutivo Federal fijar las disposiciones en virtud de las cuales habrán de levantarse los Censos, buscando la comparabilidad de la información en el tiempo y en el espacio; garantizándola a nivel internacional y procurando la adecuación conceptual, de acuerdo a las necesidades de información que el desarrollo económico y social de nuestro país imponga;

Que conforme a la periodicidad establecida en las disposiciones aplicables los Censos Económicos se deben realizar cada cinco años y que el anterior fue el Censo Económico de 1999;

Que dada la trascendencia de la información censal, es necesario realizar el levantamiento de los Censos Económicos en 2004, con el fin de que el Estado Mexicano cuente con información actualizada para orientar la conducción del desarrollo económico y social, y

Que la función censal que la Ley encomienda realizar al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, conlleva a una tarea de captación de datos relativos a las actividades productivas de la población en todo el país, en que la participación de la ciudadanía constituye un deber constitucional, que ha sido ejemplo de colaboración estrecha entre autoridades gubernamentales y sociedad civil, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO 1

Se declara de interés nacional la preparación, organización, levantamiento, generación de bases de datos, tabulación y publicación de los Censos Económicos 2004, que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR