Aviso por el que se da a conocer el Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal PROY-NADF-021-AMBT-2011, que establece los requisitos mínimos de equipamiento que deben cumplir las personas físicas o morales y dependencias gubernamentales que lleven a cabo actividades de elaboración de concreto premezclado en el Distrito Federal, para controlar las emisiones atmosféricas de partículas suspendidas totales (pst), partículas pm10 y menores

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL PROY-NADF-021-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EQUIPAMIENTO QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES Y DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES QUE LLEVEN A CABO ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA CONTROLAR LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), PARTÍCULAS PM 10 y MENORES.

Martha Teresa Delgado Peralta, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y Presidenta del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 15 fracción IV, 16 fracciones I, II y IV, y 26 fracciones I y III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1° fracciones II y V, 2° fracciones II y IX, 3° fracción IV, 6 fracción II, 9 fracciones IV, VII, XXVII y XLII, 21, 22 fracción I, 36 fracciones I y III, 37, 38, 39, 41, 42 y 152 de la Ley Ambiental del Distrito Federal; 15 fracción IV, 16 fracciones IV y XXVII, y 21 fracción II de la Ley de Aguas del Distrito Federal; 7° fracción IV numeral 2, y 55 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Acuerdo por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental para el Distrito Federal de fecha 23 de abril de 2002, y Acuerdos por los que se reforma el diverso por el que se crea el Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal de fechas 19 de agosto de 2005 y 4 de julio de 2007, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PROYECTO DE NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL PROY-NADF-021-AMBT-2011, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EQUIPAMIENTO QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES Y DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES QUE LLEVEN A CABO ACTIVIDADES DE ELABORACIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA CONTROLAR LAS EMISIONES ATMOSFÉRICAS DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES (PST), PARTÍCULAS PM 10 y MENORES.

El presente Proyecto de Norma Ambiental para el Distrito Federal, se emite para Consulta Pública, a efecto de que dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los interesados presenten sus comentarios por escrito al citado proyecto, para lo cual se deberán dirigir a la Presidencia del Comité e ingresarse en la Dirección General de Regulación Ambiental, ubicada en Agricultura No. 21, Planta Baja, Colonia Escandón, C.P. 11800, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., para que en los términos de la citada Ley Ambiental sean considerados.

PREFACIO

Por Acuerdo del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal, el 15 de diciembre de 2011, se aprobó la creación del Grupo de Trabajo correspondiente y se instruyó a la Secretaría Técnica del Comité para publicar la Convocatoria respectiva, acto que se realizó el 14 de febrero de 2012, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la página de internet del Comité de Normalización Ambiental del Distrito Federal. Una vez cumplidos los plazos y procedimientos citados en la convocatoria pública, se instaló el Grupo de Trabajo el 23 de febrero de 2012; dicho grupo se integró con representantes de las dependencias, órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas que se detallan a continuación:

Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Descentralizados y Delegaciones:

Instituto de Verificación Administrativa del Distrito

Federal- INVEA

Azul Concretos y Premezclados, S.A. de C.V. (antes

Concretos Cruz Azul, S.A. de C.V.)

Secretaría del Medio Ambiente: Latinoamericana de Concretos, S.A. de C.V. Dirección Ejecutiva de Vigilancia Ambiental Cámara Nacional del Cemento

Asociaciones, Cámaras y Empresas:

Dirección de Programas de Calidad del Aire e Inventario de Emisiones

Dirección General de Regulación Ambiental

Delegación Azcapotzalco

ÍNDICE

1. Introducción

  1. Objeto y ámbito de validez

  2. Referencias

  3. Definiciones

  4. Requisitos mínimos de equipamiento en las plantas dedicadas a la elaboración de concreto premezclado. Lineamientos

    6. Evaluación de la conformidad

  5. Observancia

  6. Vigencia

  7. Bibliografía

    1. Introducción

    En el Distrito Federal, la Secretaría del Medio Ambiente es responsable de vigilar el cumplimiento de la normatividad en materia de calidad del aire y establecer los programas y normatividad local necesarios para disminuir los niveles de los contaminantes que representan un riesgo para la población y el medio ambiente.

    Desde el punto de vista ambiental, las partículas ocasionan efectos adversos en la visibilidad, el clima, los materiales, los ecosistemas y en la salud. El impacto generado depende de las concentraciones prevalecientes en el lugar afectado.

    Las partículas suspendidas son una mezcla de diversos compuestos con forma, tamaño, composición y propiedades diferentes, pueden ser emitidas directamente por procesos de combustión, actividades de construcción, molienda o triturado, también de la explotación de bancos de materiales, incendios o el polvo arrastrado por el viento; sin embargo, algunas partículas pueden formarse en la atmósfera, como parte de la transformación de otros contaminantes gaseosos emitidos por la industria, los vehículos o actividades domésticas. Su presencia en la atmósfera depende principalmente de su tamaño y la velocidad del viento.

    De acuerdo al inventario de emisiones de contaminantes criterio de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) 2008, el aporte de emisiones de partículas por fuentes fijas es cercano al 21%, las fuentes de área aportan el 60%, el 16% es aportado por las fuentes móviles y el resto de vegetación y suelos.

    Asimismo, se ha identificado que existe relación entre el aumento de enfermedades respiratorias asociadas con la exposición de partículas.

    El aporte de emisiones de partículas de la industria del concreto premezclado, se debe básicamente a la transferencia de los materiales pétreos (arena y grava) a tolvas primaria y secundaria, la carga de cemento a los silos y a la zona de dosificación, la carga al mezclador central y/o unidad revolvedora, el tráfico de vehículos dentro de la planta, la descarga de agregados o materiales pétreos (gravas y arenas) en áreas de almacenamiento a granel y la erosión del viento sobre la arena y grava; esto hace necesario considerar adecuaciones en las técnicas empleadas en el manejo de los materiales para la elaboración de concreto premezclado.

    2. Objeto y ámbito de validez

    Establecer los requisitos mínimos de equipamiento y especificaciones técnicas para minimizar y controlar las emisiones de partículas a la atmósfera provenientes de la elaboración de concreto premezclado.

    Cemex Concretos, S.A. de C.V.

    Holcim Apasco, S. A. de C.V.

    Asociación Mexicana de la Industria del Concreto Premezclado, A.C.

    El presente proyecto de Norma es de aplicación obligatoria para las personas físicas o morales y dependencias gubernamentales que realicen actividades de elaboración de concreto premezclado dentro de las 16 delegaciones políticas del Distrito Federal.

    3. Referencias

    Ley Ambiental del Distrito Federal.

    Ley de Aguas del Distrito Federal.

    Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo del Distrito Federal.

    NMX-C-122-1982, Industria de la construcción-Agua para concreto- Especificaciones.

    NMX-C-251-1997 Industria de la construcción-Concreto-Terminología.

    NMX-C-155-ONNCCE-2004 "industria de la construcción 2013 Concreto hidráulico industrializado- Especificaciones.

    4. Definiciones

    Para fines de la aplicación...

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