Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por las empresas Sukarne, S.A. de C.V. y Viz Cattle Corporation en contra de la Resolución preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Estas mercancías se clasifican en las fracciones arancelarias 0207.13.03 y 0207.14.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada el 19 de enero de 2012

Fecha de disposición19 Enero 2012
Fecha de publicación20 Junio 2012
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCION POR LA QUE SE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACION INTERPUESTO POR LAS EMPRESAS SUKARNE, S.A. DE C.V. Y VIZ CATTLE CORPORATION EN CONTRA DE LA RESOLUCION PRELIMINAR DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE PIERNA Y MUSLO DE POLLO ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA. ESTAS MERCANCIAS SE CLASIFICAN EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 0207.13.03 Y 0207.14.04 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE ENERO DE 2012.

Visto el expediente administrativo Rec. Rev. 13/10. radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Resolución de inicio

    1. El 8 de febrero de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución que aceptó la solicitud de parte interesada y declaró el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.

  2. Resolución preliminar

    1. El 19 de enero de 2012 se publicó en el DOF la resolución preliminar de la investigación antidumping citada en el punto anterior de esta Resolución, en la que se determinó continuar con el procedimiento de investigación sin la imposición de cuotas compensatorias provisionales (la "Resolución Preliminar").

  3. Recurso de revocación

    1. El 20 de marzo de 2012 las empresas Sukarne, S.A. de C.V. y Viz Cattle Corporation ("Sukarne" y "Viz Cattle", respectivamente, o las "Recurrentes"), interpusieron recurso de revocación en contra de la Resolución Preliminar. Los agravios hechos valer por las Recurrentes se tienen por formulados.

    CONSIDERANDOS

  4. Competencia

    1. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, de conformidad con los artículos 16 y 34 fracción XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 B, fracción IV, 4 y 16 fracción VII del Reglamento Interior de la misma dependencia; 94 y 95 de la Ley de Comercio Exterior (LCE); 121, 124 fracción I, 124-A fracción II, 131, 132 y 133 fracción I del Código Fiscal de la Federación (CFF).

  5. Improcedencia...

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