Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Lote 40 de Real de Abajo, con una superficie aproximada de 01-52-01.689 hectáreas, Municipio de Cusihuiriachi, Chih.

Fecha de disposición04 Marzo 2014
Fecha de publicación04 Marzo 2014
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO "LOTE 40 DE REAL DE ABAJO", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CUSIHUIRIACHI, ESTADO DE CHIHUAHUA.

La Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización, hoy Dirección General de la Propiedad Rural de la anterior Secretaría de la Reforma Agraria hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante oficio número 150316, de fecha 16 de enero de 2013, expediente sin número, autorizó a la Delegación Estatal para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 0080, de fecha 8 de marzo de 2013, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria y 104 al 106 del entonces vigente Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente propiedad nacional denominado "Lote 40 de Real de Abajo", con una superficie aproximada de 01-52-01.689 hectáreas, ubicado en el Municipio de Cusihuiriachi, Estado de Chihuahua, el cual cuenta con las siguientes colindancias:

AL NORTE: LOTE 35 DE REAL DE ABAJO JAVIER MERAZ MARIONI

AL SUR: ALFONSO PRIETO CASTILLO, JUAN CASTILLO DOMINGUEZ, LOTE 44 DE REAL DE ABAJO SAMUEL PRIERO CAMUÑEZ Y BRECHA

AL ESTE: LOTE 41 DE REAL DE ABAJO FRANCISCO SAENZ SOTO, LOTE 42 DE REAL DE ABAJO REYES ARTURO PRIETO CAMUÑEZ, LOTE 35 DE REAL DE ABAJO JAVIER MERAZ MARIONI Y BRECHA

AL OESTE: LOTE 35 DE REAL DE ABAJO JAVIER MERAZ MARIONI

Por lo que, en cumplimiento, a lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria y 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento y de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR